JurisprudenciaARG
Primera Instancia

ETCHEMENDY FACUNDO HERNAN C/ CAJA DE SEGUROS S.A. y otro/a S/ENFERMEDAD ACCIDENTE

El actor promovió demanda por indemnización por enfermedad profesional (hipoacusia) contra su empleadora y la ART con base en el Derecho Civil. El Tribunal del Trabajo Nº 1 de Dolores rechazó la demanda en todas sus partes, al sustentarse en el dictamen pericial médico que descartó la existencia de hipoacusia neurosensorial.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 1 - DOLORES
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
33601
Enfermedad profesional Hipoacusia Accidente de trabajo Lrt Art Prueba pericial medica Nexo causal Incapacidad laboral Ruido Responsabilidad civil

¿Quién es el actor?

Facundo Hernán Etchemendy.

¿A quién se demanda?

Aguas Danone de Argentina SA y La Caja ART SA (actualmente Experta ART S.A.). Citado en garantía: HDI Seguros S.A. (actualmente Barbuss Risk Seguros (Argentina) SA).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

pago de $ 1.935.473,40 en concepto de indemnización por enfermedad profesional (hipoacusia con una incapacidad denunciada del 28%), con más intereses. El actor planteó la inconstitucionalidad de los arts. 6, 21, 22, 39.1, 46 y 49 de la LRT, y practicó liquidación con sustento en el Derecho Civil.

¿Qué se resolvió?

rechazar en todas sus partes la demanda, imponer las costas al actor (art. 24 ley 15.057) y regular honorarios y peritajes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre la prueba técnica: "del análisis de la pericia técnica en seguridad e higiene presentada por la ingeniera Celina Elvira Bidart -informe de fecha 1/2/2023- se desprende que el actor efectivamente prestaba tareas en un recinto cerrado denominado 'Sala de Llenado' correspondiente a la Línea 1, cuyas condiciones ambientales resultaban nocivas. Las mediciones de ruido aportadas por la experticia demuestran que los niveles de presión sonora en dicho puesto superaban el límite legal tolerado, registrándose 88,5 dBA durante el año 2012 e incluso alcanzando los 91,3 dBA en mediciones posteriores".

Sobre la prueba médica, que resultó dirimente: "la experta constató de manera directa que 'El oído externo no presenta anomalías en su conformación' y que 'El tímpano impresiona intacto'. [...] La experta dictaminó en sus conclusiones médico legales que el trabajador 'No presenta hipoacusia neurosensorial', descartando así la existencia de la afección reclamada en la demanda. Observo que las conclusiones de la experta se hallan justificados en el examen físico del trabajador y en los estudios audiométricos practicados, sustentado sus conclusiones en razones científico medicas de manera coherente y lógica, por lo que no hallo en el caso motivos que justifiquen el apartarme de las mismas (art. 474 CPC)".

Conclusión: "al no haberse comprobado la existencia de la patología profesional ni la merma en la capacidad laborativa denunciada, el reclamo se ve privado de sustento fáctico, lo que conduce inexorablemente a que la demanda deba ser desestimada en todas sus partes, tornándose abstracto el tratamiento de toda otra cuestión".

Base regulatoria: se fijó en $ 11.896.371,07 (capital de $ 1.935.473,40 más intereses de $ 9.960.897,67).

Nota: el voto del Juez Laborde fue adherido por unanimidad por los Jueces Quezada y Hernández, por lo que la solución corresponde a la mayoría total del tribunal.

Normas que cita

Fallos que cita

  • MorcilloSCBA · 08/11/2017
  • TrofeSCBA · 15/06/2016
  • SCBASCBA · 11/12/1990

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.