FRANCO, NORMA BEATRIZ c/ ARCA s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Cámara Federal de Paraná hizo lugar parcialmente a la apelación de la ARCA y revocó la regulación de honorarios del letrado de la actora, difiriéndola hasta contar con la base económica de la condena por el impuesto a las ganancias sobre haberes jubilatorios. La jueza Gomez votó en disidencia parcial por confirmar los honorarios fijados en 22 UMA.
¿Quién es el actor?
Norma Beatriz Franco, jubilada que percibe haber de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos.
¿A quién se demanda?
ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
acción meramente declarativa de inconstitucionalidad del régimen del impuesto a las ganancias sobre haberes previsionales (arts. 23 inc. c, 81, 82 inc. c, 90 y ccdtes. Ley 20.628), cese de la retención y reintegro de las sumas retenidas, con intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
el acuerdo mayoritario hizo lugar parcialmente a la apelación de la demandada, revocó el punto 5° de la sentencia de grado (regulación de honorarios) y difirió la regulación hasta que exista base económica practicable; impuso las costas de Alzada a la apelante vencida en lo sustancial; reguló honorarios a la letrada de la actora en 33% de lo que se determine en primera instancia; no reguló a los representantes de la demandada. La jueza Gomez, en disidencia parcial, propuso rechazar la apelación, confirmar la resolución y regular honorarios en 7,26 UMA.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
la Cámara, por mayoría, sostuvo que las costas de primera instancia no se modifican al no haber motivos para apartarse del principio objetivo de la derrota (art. 68 CPCCN), dado que el allanamiento fue desestimado, la demandada resultó condenada y la jurisprudencia de la CSJN citada (fallos 342:411) data de 2019 y carece de novedad. Respecto de honorarios, señaló que el art. 21 de la Ley 27.423 y el art. 48 (acciones de inconstitucionalidad) remiten a la escala según cuantía; como la pretensión incluye la devolución de montos retenidos, es cuantificable, por lo que corresponde diferir la regulación hasta contar con la base económica. Disidencia parcial (Gomez): consideró que los 22 UMA fijados en primera instancia resultan adecuados a la labor, al resultado y a los arts. 16, 20 y 48 de la Ley 27.423.
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Normas que cita
- Ley 20.628arts. 1, 2, 23 inc. c, 81, 82 inc. c, 90 · Impuestos a las ganancias
- Ley 27.423arts. 2, 16, 20, 21, 30, 48, 51 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- CPCCNarts. 68, 307 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- GarcíaCSJN · Fallos 342:411
- Fallos 276:132CSJN
- Fallos 280:320CSJN
- Fallos 303:2088CSJN
- Fallos 304:819CSJN
- Fallos 305:537CSJN
- Fallos 307:1121CSJN
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