JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

SPAGNUOLO, D. y otros s/proces. -casación-

Las defensas técnicas de varios imputados dedujeron recurso de casación contra la decisión de la Sala II que confirmó sus procesamientos en la causa Spagnuolo, D. y otros s/ proces.. La Cámara declaró inadmisibles los recursos por no explicar en qué consistía la cuestión federal involucrada ni por encuadrarse en los supuestos del artículo 457 del CPPN.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2
Fuero
CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CFP 003402/2025/38
Recurso de casacion Inadmisibilidad Cuestion federal Arbitrariedad Articulo 457 cppn Procesamiento Sentencia definitiva Doctrina de la arbitrariedad Cppf articulo 54 Sala ii.

Actor/Querellante: no surge del texto.

Demandado/Imputados recurrentes: Miguel Angel Calvete, Guadalupe Ariana Muñoz, Andrés Horacio Arnaudo, Ornella Calvete, Julio Cesar Viera, Ruth Noemí Lozano, Patricia Liliana Canavesio, Eduardo Nelio Gonzalez, Patricio Gustavo Rama y Roger Edgar Grant.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

recurso de casación contra la confirmación de sus procesamientos dictada por la Sala II de la Cámara Criminal y Correccional Federal.

¿Qué se resolvió?

declarar inadmisibles los recursos de casación interpuestos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

¿Cómo votaron los jueces?

"Los recursos presentados no satisfacen el estándar establecido, porque no explican -conforme a lo apuntado- en qué consistiría la cuestión federal que estaría involucrada en este caso concreto." Agrega que "los planteos replican las discordancias con lo oportunamente decidido por el juez y luego por esta Sala, pero ese desacuerdo no habilita a acceder a la instancia extraordinaria por vía de arbitrariedad." Cita doctrina de la arbitrariedad (Fallos: 112:384; 310:1707; 341:84).

¿Cómo votaron los jueces?

"El remedio intentado resulta inadmisible ya que el pronunciamiento que por esta vía se intenta impugnar no integra el elenco de los enunciados en el artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación pues no pone fin a la acción o la pena, ni hace imposible la continuación de las actuaciones, ni deniega la extinción, conmutación o suspensión de la pena." Recuerda que "las decisiones cuya consecuencia es la obligación de seguir sometido a proceso criminal no revisten, por regla general, la calidad de sentencia definitiva o equiparable a tal" (CSJN, Fallos 295:504, 298:408, entre otros).

Normas que cita

  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional
  • CPPNarts. 456, 457 · Codigo procesal penal
  • Ley 27148Ministerio publico fiscal
  • CPPFart. 54 · Codigo procesal penal federal
  • Ley 23984Codigo procesal penal
  • Constitución Nacionalart. 117

Fallos que cita

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