Francisco Sanchez Pagano
La Corte Suprema desestimó la queja de Francisco Sánchez Pagano contra la decisión de la Cámara del Crimen de San Luis que anuló la acusación fiscal pero rechazó la nulidad de la indagatoria. El Tribunal recordó que el auto de procesamiento y la indagatoria no son sentencias definitivas y que el recurso extraordinario local debía admitirse ante el superior tribunal provincial, sin que ello alterara el rechazo por falta de definitividad.
¿Quién es el actor?
Francisco Sánchez Pagano (imputado, recurrente).
¿A quién se demanda?
Ministerio público / Estado provincial de San Luis (acusación en causa penal por malversación de caudales públicos).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Nulidad de la acusación fiscal, de la declaración indagatoria y de los actos procesales posteriores, por extemporaneidad, falta de firma del juez, falta de motivación del auto que ordenó la indagatoria y falta de puesta en conocimiento del hecho que fundó el procesamiento.
¿Qué se resolvió?
La Cámara del Crimen anuló la acusación fiscal y rechazó la nulidad de la indagatoria. El Superior Tribunal provincial rechazó el recurso extraordinario local por considerar que la decisión no era sentencia definitiva. La Corte desestimó la queja.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Aún cuando dentro del ordenamiento procesal local mediasen restricciones legales para la cognición de agravios de naturaleza constitucional, ellas serían indefendibles frente a la Carta Fundamental" (considerando 4°, citando "Strada").
"si bien las provincias son libres para crear las instancias judiciales que estimen apropiadas, no pueden vedar a ninguna de ellas, y menos a las más altas, la aplicación preferente de la Constitución Nacional" (considerando 4°).
"las resoluciones cuya consecuencia es la obligación de seguir sometido a proceso criminal -como lo es la que no hace lugar a la nulidad del auto de procesamiento y la indagatoria- no satisfacen, por regla, el requisito enunciado" (considerando 6°).
Se aclara que, pese a que el recurso local fue correctamente planteado en términos constitucionales, obsta a la admisión la falta de crítica concreta al argumento de falta de sentencia definitiva.
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Normas que cita
- Ley 48art. 14 · Justicia nacional
- Constitución Nacionalart. 18 · Constitucion nacional
Fallos que cita
- Strada, Juan Luis c/ocupantes del perímetro ubicado entre las calles Deán Funes, Saavedra, Barra y CullenCSJN · 08/04/1986
- Téllez, María Esther c/Bagala S.A. s/indemnización por antigüedadCSJN · 15/04/1986
- Bolo, Ciro CristóbalCSJN · 27/06/1985
- Productos Sudamericanos S.A. s/contrabandoCSJN · 15/10/1985
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