CHACON, LUIS ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Chacón, un jubilado, reclamó el reajuste de su haber previsional contra la ANSeS. La Cámara Federal de Bahía Blanca confirmó la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, imponiendo las costas de esta instancia a la demandada vencida.
Demandante (Actor): Luis Alberto Chacón.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes varios del haber previsional otorgado bajo la ley 24.241 (solicitud del 16/05/2018), incluyendo redeterminación del haber inicial, actualización de la PBU, movilidad, topes, intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia apelada con los alcances expuestos en el fallo y declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, imponiendo las costas de esta instancia a la demandada vencida (art. 36, ley 27.423 y art. 68, CPCCN). El fallo fue dictado por unanimidad: el Dr. Larriera votó en el sentido indicado y el Dr. Amabile se adhirió a su voto. La Dra. Fariña no suscribió por hallarse en uso de licencia (art. 109 del RJN).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Sobre el reajuste del haber inicial por servicios en relación de dependencia: "No habiéndose comprobado en autos un perjuicio concreto, corresponde rechazar el pedido de redeterminación requerido por la parte actora." Se afirma que "la declaración de inconstitucionalidad de una norma es un acto de suma gravedad institucional, debiendo el mismo ser considerado como la última ratio del orden jurídico".
Sobre los aportes autónomos: "Para determinar el nivel inicial de la prestación debe tenerse en cuenta la totalidad de los aportes autónomos realizados, sin limitación alguna, a fin de reflejar adecuadamente el esfuerzo contributivo (“Makler, Simón c/ Anses s/ Inconstitucionalidad ley 24.463” del 20/5/2003)." Y "Diferente solución corresponde a los servicios autónomos computados de conformidad a planes especiales de regularización de obligaciones autónomas. Éstos no resultan actualizables por no haber sido ingresados en tiempo análogo al desarrollo de las tareas."
Sobre la PBU: "Teniendo presente el origen de la suma fija, es que esta Cámara consideró plenamente aplicable para la redeterminación de las PBU otorgadas con posterioridad a la sanción de la ley 26.417, la doctrina dispuesta por la CSJN en autos “Quiroga”."
Sobre la movilidad (ley 27.609): "La decisión adoptada por el magistrado de grado merece confirmación, debiendo estar a las consideraciones desarrolladas por la mayoría en el precedente en cuestión" (“Italiano”).
Sobre la ley 27.541: se confirma la integración del haber de diciembre de 2020 con la diferencia respecto del 42,13% de la ley 27.426.
Sobre topes y confiscatoriedad: "la inconstitucionalidad dispuesta respecto de los arts. 26 de la ley 24.241 y 9 inc. 3 de la ley 24.463 en la medida en que su aplicación importe una disminución en el haber inicial recalculado conforme lo ordenado que por su magnitud resulte confiscatoria en los términos del precedente “Actis Caporale”, no resulta cuestionable."
Sobre intereses: "corresponde su rechazo. Al respecto, el planteo encuentra adecuada respuesta en la doctrina y los fundamentos establecidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente «Spitale, Josefa Elida c/ Anses s/ Impugnación de Resolución Administrativa» del 14/9/2004 (Fallos: 327:3721)." Se aplica la tasa pasiva promedio del BCRA.
Sobre costas: se declara la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y se imponen las costas de esta instancia a la demandada vencida, conforme "Morales, Blanca Azucena c/ Anses" (CSJN, 22/6/2023).
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Normas que cita
- Ley 24.241arts. 20, 26 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463art. 9 · Solidaridad previsional
- Ley 26.417art. 2 · Prestaciones previsionales
- Ley 27.426arts. 2, 32 · Reforma previsional
- Ley 27.541Emergencia publica
- Ley 27.609art. 1 · Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 20.628art. 82 · Impuestos a las ganancias
- Ley 27.423art. 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Decreto 157art. 3
- Decreto 274
- Resolución 06/09 SSSart. 14
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Constitución Nacionalart. Preámbulo
Fallos que cita
- Volonté, Luis MarioCSJN · 28/03/1985
- Makler, Simón c/ AnsesCSJN · 20/05/2003
- QuirogaCSJN
- BadaroCSJN
- BlancoCSJN
- Italiano, Antonio c/ AnsesCFBB · 27/05/2025
- Martínez, Eduardo Rubén c/ AnsesCFBB
- Carlavan, Luciano Ricardo c/ AnsesCFBB · 28/10/2025
- Spitale, Josefa Elida c/ AnsesCSJN · 14/09/2004 · Fallos 327:3721
- Padilla, María Teresa Méndez deCSJN · 29/04/2008
- Villanustre, Raúl FélixCSJN · 17/12/1991
- Mantegazza, Angel Alfredo c/ ANSESCSJN · 14/11/2006
- García, María Isabel c/ AFIPCSJN · 26/03/2019
- Morales, Blanca Azucena c/ AnsesCSJN · 22/06/2023
- Lloret, Gabriel Juan c/ AnsesCFBB
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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