Incidente Nº 31 - IMPUTADO: VARELA, RAMÓN s/INCIDENTE DE BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
El recurso de casación interpuesto por la defensa oficial contra la decisión que no hizo lugar al beneficio de litigar sin gastos de Ramón Eduardo Varela fue declarado inadmisible por la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal. La mayoría consideró que el recurrente sólo expresó discrepancias con el fallo, sin demostrar una cuestión federal que habilitara la intervención de la Cámara.
Actor (recurrente): Defensa oficial de Ramón Eduardo Varela.
¿A quién se demanda?
No aplica; se trata de un incidente de beneficio de litigar sin gastos en la causa nº FSM 408/2021/TO1/31/CFC17.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de la resolución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal nº 4 de San Martín que no hizo lugar al beneficio de litigar sin gastos (art. 78 y cc. del CPCCN).
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró inadmisible el recurso de casación, sin costas (arts. 444, 465, 530 y ccds. CPPN). La mayoría integrada por Yacobucci y Slokar sostuvo la inadmisibilidad; la jueza Ledesma votó por admitir el recurso por considerar que existía una cuestión federal vinculada al acceso a la justicia, debido proceso y defensa en juicio, pero esa postura quedó en minoría.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Ello, pues el recurrente limita la expresión de sus agravios a meros juicios discrepantes con el decisorio cuya impugnación postula, todo lo cual no alcanza para desvirtuar el razonamiento que sobre el particular realizó el a quo y cuyos fundamentos no logra rebatir."
"Además, el impugnante no logra conmover lo señalado por el a quo en cuanto a que el encausado '…resulta ser suficientemente solvente para afrontar los costos que implicaría recurrir al Supremo Tribunal de Justicia'."
"…si bien los testigos han sostenido que el justiciable carecía de bienes registrables a su nombre, sus declaraciones no dieron cuenta, por fuera de esa circunstancia, de una situación de necesidad concreta que justifique hacer lugar al pedido."
"En este contexto, no se ha argumentado adecuadamente la existencia de una cuestión federal para habilitar la intervención de esta Cámara como tribunal intermedio, en los términos de la doctrina establecida por el Alto Tribunal in re 'Di Nunzio' (Fallos: 328:1108)."
¿Cómo votaron los jueces?
Consideró que existía cuestión federal vinculada a la garantía de acceso a la justicia, debido proceso, defensa en juicio e igualdad ante la ley (arts. 16, 18 y 75 inc. 22 CN; 8.1 y 24 CADH; 14.1 y 26 PIDCyP), y que el recurso era admisible, sin perjuicio del fondo.
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Normas que cita
Fallos que cita
- Di NunzioCSJN · Fallos 328:1108
- Quiroz, Osvaldo DanielCFCP Sala II · 04/12/2013
- Fallos 302:284CSJN
- Fallos 304:415CSJN
- Fallos 308:423CSJN
- Fallos 328:4461CSJN
- Fallos 329:1493CSJN
- Fallos 343:560CSJN
- Fallos 293:344CSJN
- Fallos 274:462CSJN
- Fallos 308:914CSJN
- Fallos 313:62CSJN
- Fallos 315:575CSJN
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