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Primera Instancia

LACABE NESTOR ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra la ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional otorgado bajo la ley 24.241, con planteos de inconstitucionalidad de diversos artículos de las leyes 24.241 y 24.463. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó la actualización de la PBU y el recálculo de la PC y PAP con los índices fijados, y declaró la inaplicabilidad del tope del art. 26 de la ley 24.241 en caso de confiscatoriedad mayor al 15%, rechazando el resto de las inconstitucionalidades.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 8
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 037711/2026
Movilidad previsional Reajuste haber Pbu Prestacion compensatoria Prestacion adicional por permanencia Confiscatoriedad Inconstitucionalidad Prescripcion Ley 24.241 Ley 26.417

¿Quién es el actor?

Néstor Alberto Lacabe.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste del haber previsional (movilidad y actualización de la PBU, PC y PAP) de un beneficio otorgado al amparo de la ley 24.241 con fecha de adquisición del derecho el 11-12-2016, con aportes dependientes, y declaración de inconstitucionalidad de diversos artículos de las leyes 24.241 y 24.463.

¿Qué se resolvió?

se admitió parcialmente la defensa de prescripción del art. 82 de la ley 18.037 (límite de dos años previos al reclamo administrativo, sin superar la fecha de adquisición del beneficio) y se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se ordenó a la ANSES abonar el haber recalculado y el retroactivo dentro de 120 días (art. 22 ley 24.463). Se difirió para la ejecución el test de confiscatoriedad y el tratamiento del art. 9 de la ley 24.463. Se rechazaron las inconstitucionalidades de los arts. 24 y 9/25 de la ley 24.241 (en este último caso, con diferimiento del test de razonabilidad), y de las leyes 27.426, 27.541 y 27.609 y del art. 2 de la ley 27.426 y decreto 1058/17, por falta de perjuicio concreto. Se declaró la inaplicabilidad del tope de la PC del art. 26 de la ley 24.241 en tanto genere una merma confiscatoria mayor al 15%, a acreditarse en ejecución. Se ordenó la actualización de la PBU con el índice Badaro y luego los aumentos generales de ley, si la diferencia supera el 15% del haber total; para PC y PAP se aplicaron las pautas del precedente "Blanco" (índice RIPTE) y los índices del art. 2 de la ley 26.417 desde febrero de 2009 hasta la adquisición del beneficio. Se dispuso que los haberes y retroactivos se paguen sin descuento de impuesto a las ganancias, con intereses según tasa pasiva promedio del BCRA y con costas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Respecto de la solicitud de actualización de la P.B.U., atento a lo resuelto por el Alto Tribunal en el fallo 'Quiroga, Carlos Alberto c. Anses s. Reajustes Varios, sentencia del 11 de noviembre de 2014, corresponde diferir el cálculo a los fines de verificar la confiscatoriedad para la etapa de ejecución (conf. C.S.J.N. in re 'Actis Caporale', Fallos 323:4216)."

"Al pedido de inconstitucionalidad del artículo 24 de la ley 24.241 que establece para su cálculo un tope en el haber de la PC, he de rechazarlo. En efecto, conforme surge del cómputo obrante en la documental que tengo a la vista, la parte actora no supera los 35 años y fracción mayor a 6 meses anteriores a julio de 1994, considerados por esa norma."

"Respecto del cuestionamiento relativo al artículo 26 de la ley 24.241, (...) declararé su inaplicabilidad en tanto y en cuanto su aplicación conduzca a una merma confiscatoria mayor al 15% (conf. CSJN, in re: 'Actis Caporale' del 19/8/1989). El menoscabo deberá acreditarse en la etapa de ejecución de sentencia al practicar los cálculos correspondientes."

"En relación al planteo de inconstitucionalidad de la Ley 27426 –movilidad de los haberes previsionales, posterior a la de la Ley 26417- no surge un perjuicio concreto que permita hacer lugar a lo solicitado. (...) la declaración de inconstitucionalidad de una norma es un acto de suma gravedad institucional y debe ser considerada como la última ratio del orden jurídico (Fallos 249:51)."

"Las diferencias a favor del actor deberán abonársele sin merma alguna. Esto así, de acuerdo a lo resuelto por el Alto Tribunal en la causa 'Pellegrini, Américo c/ Anses s/ reajustes varios' del 28.11.06."

Normas que cita

  • Ley 24.241arts. 9, 19, 20, 24, 25, 26, 30 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 24.463arts. 9, 21, 22 · Solidaridad previsional
  • Ley 26.417art. 2 · Prestaciones previsionales
  • Ley 26.222art. 2 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 27.426art. 2 · Reforma previsional
  • Ley 27.541Emergencia publica
  • Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
  • Ley 27.423arts. 2, 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 18.038art. 36 · Jubilaciones y pensiones
  • Decreto 1058
  • Decreto 163
  • Resolución 6/2009art. 14
  • Resolución 955/08

Fallos que cita

  • Actis CaporaleCSJN · 19/08/1989 · Fallos 323:4216
  • Quiroga, Carlos Alberto c. ANSeSCSJN · 11/11/2014
  • Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeSCSJN · 18/12/2018
  • Pellegrini, Américo c/ ANSeSCSJN · 28/11/2006
  • Badaro, Adolfo ValentínCSJN · 26/11/2007
  • García, María Isabel c/ AFIPCSJN · 26/03/2019
  • Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeSCSJN · 04/12/2025
  • Villanustre, Raúl FélixCSJN · 17/12/1991
  • Mantegazza, Angel AlfredoCSJN · 14/11/2006
  • Morales, Blanca Azucena c/ ANSeSCSJN · 22/06/2023
  • Spitale, Josefa Elida c/ ANSeSCSJN · 14/09/2004
  • Gualtieri, Alberto c/ ANSeSCSJN · 11/04/2017
  • Pulcini, Luis B.CSJN · 26/10/1980
  • Colao, Humberto Santiago c/ ANSeSCFSS Sala I · 11/08/2022
  • Berardi, Salvador c/ ANSeSCFSS Sala II · 07/03/2023

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