JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

CUESTAS LUCAS GERARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió reclamo contra la ANSeS por reajustes varios de su haber previsional, solicitando la incorporación de los aumentos del haber mínimo a los haberes superiores y la aplicación de IPC y movilidad de la ley 27.609. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia, con costas por su orden en la alzada y honorarios de la dirección letrada fijados en el 30% de los de la instancia anterior.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 005215/2025/CA001
Reajuste previsional Movilidad jubilatoria Haber minimo Refuerzos previsionales Ley 24.241 Ley 27.609 Ipc Competencia revisora Costas por su orden Honorarios previsionales.

¿Quién es el actor?

Lucas Gerardo Cuestas.

¿A quién se demanda?

ANSeS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional; reclamo de reajuste de haberes superiores al mínimo con los aumentos efectivos del haber mínimo por inclusión de bonos, modificación del esquema de movilidad con aplicación de IPC desde 03/2021 hasta 03/2024 y luego aumentos de la ley 27.609; aplicación de tasa de interés con más una tasa pura del 6% anual.

¿Qué se resolvió?

confirmar la sentencia recurrida en lo principal que decide y ha sido materia de agravios; costas de alzada por su orden; honorarios de la dirección letrada de la actora en esta instancia en el 30% de lo fijado para la instancia anterior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el beneficio fue otorgado con fecha de adquisición del derecho el 21/08/2020, al amparo de la ley 24.241. Se transcribe textualmente: "No corresponde dar tratamiento alguno al pedido de la parte actora tendiente a obtener la incorporación de los refuerzos previsionales en el haber, pues excede los límites de la competencia revisora de esta alzada (arts. 266, 271 y 277 del CPCCN), visto que no fue introducido en forma expresa y fundada en la demanda." Asimismo: "los jueces no están obligados a ponderar todos y cada uno de los argumentos y pruebas expuestos por las partes, sino solo aquellos que resultan conducentes para la resolución de la causa (Fallos: 272:225; 274:113; 301:970; 303:135; 306:444; 307:951; 311:571 y 1191...)."

Normas que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
  • CPCCNarts. 266, 271, 277 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 27.423arts. 68 (CPCCN), 36, 30 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia

Fallos que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.