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Primera Instancia

BONANTINI, CARLOS ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

El actor, jubilado docente/investigador, promovió acción de amparo contra la ANSES para que se declarara la inconstitucionalidad del art. 9 de la Ley 24.463 y de las normas internas que le aplicaban un tope a su haber previsional bajo el régimen especial de la Ley 24.016. El Juzgado Federal N° 2 de Rosario hizo lugar a la demanda y declaró la inaplicabilidad del art. 9 de la Ley 24.463 al haber del actor, ordenando el pago de las diferencias retroactivas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE ROSARIO 2 - SECRETARIA F
Fuero
FEDERAL DE ROSARIO
Jurisdicción
Federal · Santa Fe
Expediente
FRO 033847/2025
Regimen previsional especial Docente Ley 24.016 Ley 24.463 Art. 9 Tope jubilatorio Inaplicabilidad Inconstitucionalidad Haber previsional Anses

¿Quién es el actor?

Carlos Alberto Bonantini.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS). La AFIP/ARCA fue mencionada en el escrito inicial, pero el actor desistió del reclamo por el impuesto a las ganancias (escrito del 22/09/2026).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de inconstitucionalidad del art. 9 de la Ley 24.463 y de las normas internas de ANSeS que imponían un tope (descuento bajo código 204-000) sobre el haber de jubilación docente/investigador; devolución de lo retenido por ese concepto.

¿Qué se resolvió?

El tribunal hizo lugar a la demanda, declaró la inaplicabilidad del art. 9 de la Ley 24.463, ordenó a ANSeS pagar las diferencias retroactivas conforme las pautas de los considerandos, impuso las costas a la demandada y difirió la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En tales condiciones, corresponde analizar la cuestión federal aquí debatida, esto es, si el artículo 9 de la ley 24.463 ---en tanto prevé deducciones sobre los haberes previsionales correspondientes a las prestaciones otorgadas en virtud de leyes anteriores a la ley 24.241- resulta aplicable al haber que la actora percibe en el marco de un régimen especial de jubilaciones y pensiones para el personal docente de conformidad con la ley 24.016".

"Sobre la relación entre estas dos normas, la Corte Suprema ha dicho, en relación con las pautas de movilidad del régimen docente, que 'la ley 24.463 tampoco deroga expresamente el estatuto aplicable a los docentes, sin que pueda admitirse el alcance que la apelante pretende dar a la fórmula genérica referente a las disposiciones que se le opongan, habida cuenta de que vino sólo a reformar el sistema establecido por la ley 24.241, sin afectar a otros regímenes especiales y autónomos, los cuales se mantienen plenamente vigentes [ ... ] el régimen jubilatorio de la ley 24.016 ha quedado sustraído de las disposiciones que integran el sistema general reglamentado por las leyes 24.241 y 24.463, con el que coexiste, manteniéndose vigente en todas sus características' (Fallos: 328:2829, considerando 10°)".

"Asimismo, la Corte expresó que interpretar que las cláusulas de la ley 24.463 alcanza a los regímenes previsionales especiales y autónomos 'contraria el principio según el cual la ley general no deroga a la ley especial anterior salvo expresa abrogación o manifiesta incompatibilidad' (Fallos: 328:2829 y sus citas)".

"Por las razones expuestas y adhiriendo a la doctrina de nuestro Alto Tribunal, entiendo corresponde hacer lugar a la demanda interpuesta por la actora y declarar la inaplicabilidad del Art. 9 de la Ley 24.463".

Respecto del impuesto a las ganancias, el tribunal remitió a la doctrina de la CSJN en "García, María Isabel c/ AFIP" (Fallos 342:411), aunque el actor desistió de ese punto.

Normas que cita

  • Ley 24.463art. 9 · Solidaridad previsional
  • Ley 24.016Docentes
  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 11.672Permanente de presupuesto
  • Ley 27.423art. 52 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 16.986Amparo
  • Ley 20.628arts. 1, 2, 79 · Impuestos a las ganancias
  • Ley 27.346Impuesto a las ganancias, iva y regimen simplificado para pequeños contribuyentes
  • Ley 27.430Impuestos
  • Acordada 10/2025

Fallos que cita

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