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Cámara de Apelaciones

DONALISIO, MARIA MAGDALENA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó el reajuste de su haber previsional obtenido bajo la Ley 24.241 contra la ANSeS. La Cámara Federal de Córdoba modificó la sentencia de primera instancia en cuanto declaró la constitucionalidad de la Ley 27.426, impuso las costas en el orden causado y confirmó lo demás.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA B - SECRETARIA PREVISIONAL
Fuero
FEDERAL DE CÓRDOBA
Jurisdicción
Federal · Cordoba
Expediente
FCB 001794/2015/CA002
Reajuste previsional Ley 24.241 Tope previsional Ley 27.426 Inconstitucionalidad Movilidad jubilatoria Impuesto a las ganancias Costas en el orden causado Anses Seguridad social

¿Quién es el actor?

María Magdalena Donalisio.

¿A quién se demanda?

ANSeS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de un beneficio previsional otorgado con arreglo a la Ley 24.241 (con fecha 26/4/2002), cuya solicitud administrativa fue desestimada.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones dispuso modificar la sentencia de primera instancia y, en consecuencia, declarar la constitucionalidad de la Ley 27.426 e imponer las costas de primera instancia en el orden causado. Confirmó la sentencia en todo lo demás que fue materia de agravios, con remisión a los precedentes de la CSJN "Gualtieri" y "Lolhé" respecto de los arts. 9 y 25 de la Ley 24.241. Impuso las costas de Alzada por su orden y reguló honorarios a la asistencia letrada de la parte actora en el 30% de lo que se estime en grado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre la Ley 27.426, la Cámara expresó: "más allá del criterio sostenido por esta Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba en reiteradas oportunidades, atento lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos: 'Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos', Sentencia de fecha 4 de diciembre de 2025, donde se pronunció respecto a la validez constitucional de la normativa aquí cuestionada, corresponde hacer lugar al recurso de apelación de la demandada y modificar la Sentencia recurrida en este punto."

Sobre los arts. 9 y 25 de la Ley 24.241: "en aquellos casos en donde los beneficiarios no aportaron sobre la totalidad de sus ingresos... es de aplicación lo dispuesto por la CSJN en el fallo 'Gualtieri Alberto c/ ANSeS s/reajustes varios', Sent. Fecha 11/04/2017, (Fallos:340:411)... Ahora bien, en los supuestos donde el actor realizó aportes sobre un ingreso o conjunto de ingresos superiores al máximo establecido en el art. 9 de la ley N° 24.241, resulta de aplicación lo dispuesto por el Máximo Tribunal en autos 'Lohle, María Teresa Inés c/ ANSeS s/ reajustes varios', Sent. Fecha 15/10/2015, Fallos: 338:1017, en cuanto no corresponde aplicar el tope del art. 25 de la Ley N° 24.241, cuando el actor cotizó por el total de las remuneraciones percibidas en actividad."

Sobre el art. 7 inc. 2 de la Ley 24.463: "corresponde remitirse a lo sostenido por el Sentenciante, quien dispuso la aplicación de la ley 26.417 como pauta de movilidad, lo que se confirma ante esta Alzada."

Sobre el Impuesto a las Ganancias: "este Tribunal ya ha dejado sentada su postura... cabe remitirse a lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente 'García, María Isabel', sentencia de fecha 26 de marzo de 2019... Por lo tanto, el recurso de apelación en este punto no puede prosperar."

Sobre costas: la Cámara recordó que había declarado inconstitucional el art. 21 de la Ley 24.463 y que, conforme CSJN "Morales, Blanca Azucena", corresponde aplicar el art. 36 de la Ley 27.423 y el CPCCN; atento el resultado, las costas de ambas instancias se impusieron en el orden causado.

Normas que cita

  • Ley 27.426Reforma previsional
  • Ley 24.241arts. 9, 24, 25, 26 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 24.463arts. 7 inc. 2, 9, 21 · Solidaridad previsional
  • Ley 26.417Prestaciones previsionales
  • Ley 27.423arts. 2, 30, 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 20.628Impuestos a las ganancias
  • Constitución Nacional
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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