JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

MEDINA, RAUL EDUARDO c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS s/ACCION MERE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

Un contribuyente jubilado de la Policía Federal promovió acción meramente declarativa de inconstitucionalidad contra la AFIP-ARCA para que cesaran las retenciones del impuesto a las ganancias sobre sus haberes previsionales y se le reintegraran las sumas descontadas. La Cámara Federal de San Martín confirmó parcialmente la sentencia que hizo lugar a la demanda, aplicando la doctrina de la CSJN en García y rechazando que la reforma de la ley 27.617 modificara la situación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA CIVIL
Fuero
FEDERAL DE SAN MARTÍN
Jurisdicción
Federal · Buenos Aires
Expediente
FSM 019935/2024/CA001
Impuesto a las ganancias Jubilaciones Haberes previsionales Inconstitucionalidad Accion meramente declarativa Doctrina garcia Vulnerabilidad Ley 27.617 Prescripcion quinquenal Repeticion de impuestos.

¿Quién es el actor?

Raúl Eduardo Medina, beneficiario de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina.

¿A quién se demanda?

Administración Federal de Ingresos Públicos (hoy ARCA).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

declaración de inconstitucionalidad de los arts. 20 inc. i) 3er párrafo, 23 inc. c), 79 inc. c), 81 y 90 de la Ley de Impuesto a las Ganancias 20.628, en cuanto gravan los haberes previsionales; cese de las retenciones y reintegro de lo descontado desde los cinco años anteriores a la demanda, con intereses.

¿Qué se resolvió?

se declaró la inconstitucionalidad del art. 79 inc. c) de la ley 20.628 (texto según leyes 27.346 y 27.430) en relación con el beneficio previsional del actor, se ordenó a la accionada abstenerse de practicar retenciones y reintegrar los montos retenidos desde los cinco años previos a la demanda, con intereses a tasa pasiva del BCRA. Costas en el orden causado. La Cámara confirma parcialmente, con la corrección de un error material en el nombre del actor (considerando IV), e impone las costas de Alzada en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Vía elegida (considerando VI): "Entonces, acudir a la sede administrativa como requisito previo de la interposición de la demanda comporta un excesivo rigor formal incompatible con las reglas del debido proceso y del adecuado servicio de justicia, toda vez que preliminarmente debe establecerse la inconstitucionalidad o no de la norma impugnada, cuestión sobre la que la autoridad administrativa carece de competencia." Se rechaza el agravio.

Doctrina "García" (considerando VII): "la doctrina sentada en aquel precedente fue extendida por el Máximo Tribunal a casos análogos, donde no se detuvo a hacer un análisis concreto y diferenciado en torno a la vulnerabilidad de esos actores, más que la condición de ser beneficiarios de un haber previsional." Se cita que "carecen de fundamentos las resoluciones de los tribunales inferiores que se apartan de lo decidido por aquella sin aportar nuevos argumentos."

Ley 27.617 (considerando VIII): "sólo se limitó a modificar el mínimo no imponible ... pero mantuvo el quantum de las jubilaciones como único criterio para la imposición de este tributo, sin considerar la situación de vulnerabilidad de este colectivo."

Alcance temporal (considerando IX): "el crédito pretendido tiene naturaleza tributaria ... corresponde el reconocimiento quinquenal de las sumas que les hubiesen sido retenidas", con base en el art. 56 de la ley 11.683.

Tasa de interés (considerando X): resulta razonable la tasa pasiva mensual del Banco Central de la República Argentina.

Normas que cita

  • Constitución Nacional
  • Ley 20.628arts. 20, 23, 79, 81, 90 · Impuestos a las ganancias
  • Ley 27.617arts. 6, 7, 8 · Ley de impuesto a las ganancias
  • Ley 11.683arts. 56, 81 · Procedimiento fiscal
  • Ley 11.863art. 56
  • Ley 24.241art. 125 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Decreto 953/2024
  • Decreto 824/2019
  • Ley 26.856Justicia
  • Acordada 24/2013
  • Acordada 10/2025
  • Reglamento para la Justicia Nacionalart. 109
  • Instrumentos internacionales sobre derechos humanos
  • Ley 27.346

Fallos que cita

  • García, María Isabel c/ AFIP s/ Acción Meramente Declarativa de InconstitucionalidadCSJN · 26/03/2019 · Fallos 342:411
  • SpitaleCSJN · Fallos 372:3721
  • AguilarCSJN · Fallos 325:1185
  • Godoy, Ramón Esteban c/ AFIPCSJN · 07/05/2019
  • Ordóñez, Graciela Mabel c/ AFIP-DGICSJN · 02/07/2019
  • Marchueta, Gustavo Francisco c/ AFIP DGICSJN · 17/09/2019
  • Iglina, Enrique Anselmo c/ ANSeS s/ Reajustes VariosCSJN · 01/10/2019
  • Ramírez Suárez, Jacqueline c/ AFIPCFASM · 05/08/2021
  • Cabrera, Juan Domingo c/ AFIPCFASM · 06/04/2022
  • Suárez, Aldo Rubén c/ AFIPCNCAF Sala II · 21/04/2021
  • Teruel, María Cristina c/ EN-AFIPCNCAF Sala II · 29/06/2020
  • Piñeiro, Beatriz Noemí c/ EN-AFIPCNCAF Sala I · 30/09/2021
  • Facal, Jorge Aquiles c/ AFIPCNCAF Sala II · 18/08/2021
  • Gutiérrez, Ricardo c/ EN-AFIPCNCAF Sala III · 08/09/2021
  • Vázquez Kalf, Eduardo Luis c/ EN-AFIPCNCAF Sala IV · 08/06/2021

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.