JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

LOVERA, ISIDRO LUIS c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia que hizo lugar al reajuste previsional de la ANSeS y declaró inaplicable el Impuesto a las Ganancias sobre el retroactivo e intereses. Asimismo, ordenó el recálculo de la PBU conforme al método utilizado en la liquidación pericial, en favor del actor.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL
Fuero
FEDERAL DE ROSARIO
Jurisdicción
Federal · Santa Fe
Expediente
FRO 071022143/2011/CA003
Reajuste previsional Pbu Impuesto a las ganancias Retroactivo Intereses Exencion tributaria Movilidad jubilatoria Ejecucion previsional Anses Liquidacion pericial

¿Quién es el actor?

Isidro Luis Lovera.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales por movilidad, con recálculo de la PBU y retención de Impuesto a las Ganancias sobre el retroactivo.

¿Qué se resolvió?

se confirmó la resolución del 15/03/2022 y la sentencia del 01/02/2024 en cuanto fueron materia de agravios; se ordenó el recálculo de la PBU; se regularon honorarios de alzada en el 30% de lo fijado en primera instancia; y se impusieron las costas de la instancia a la demandada vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"3°) En cuanto al agravio de la demandada que versa sobre el impuesto a las ganancias en lo que se refiere al retroactivo de capital e intereses, debe confirmarse lo dispuesto en la sentencia apelada en cuanto a declararse su inaplicabilidad, atento la extensión del criterio exonerativo de la carga tributaria, dispuesta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en las causas 'García, Marta Susana c/ ANSeS s/ Reajustes Varios' y 'Dattorre, Manuel Víctor s/ ANSeS s/ Reajustes Varios', del 10 de septiembre 2020 y 'Villamayor, Homero Jorge c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', del 17 de septiembre 2020 (...)."

"5°) En cuanto al agravio de la actora referido al recálculo de la PBU, surge de la sentencia que se ejecuta que se difirió el análisis respecto de su procedencia al momento de la ejecución, conforme los fundamentos del precedente 'Quiroga' de la CSJN. (...) Analizada la liquidación, surge que el método utilizado por quien confeccionó la liquidación es coincidente con lo sostenido por esta Sala 'B' (...), en consecuencia resulta correcto el cálculo realizado y corresponde hacer lugar al agravio del actor ordenando la actualización del componente."

La vocal Andalaf Casiello, en minoría respecto del alcance, sostuvo que debía quedar exento de Ganancias la totalidad del retroactivo reconocido, y adhirió en lo demás.

Normas que cita

  • Ley 20.628Impuestos a las ganancias
  • Ley 27.423art. 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 17.250art. 2
  • Decreto 6080
  • Resolución 689

Fallos que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.