CASTRO, FIDELINA c/ ANSES s/IMPUGNACION RESOLUCION ADMINISTRATIVA
La actora Fidelina Castro demandó a la ANSeS para impugnar la resolución que le denegó la pensión por el fallecimiento de su cónyuge, por falta de aportes suficientes del causante. La Cámara Federal de La Plata confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, considerando al causante aportante irregular con derecho por haber acreditado más del 50% del mínimo de servicios exigibles.
¿Quién es el actor?
Fidelina Castro.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
impugnación de la resolución administrativa N° RBC-BT 02226/21 del 14/07/2021, que denegó el beneficio de pensión por el fallecimiento de su cónyuge, Mario Rubén Guevara (fallecido el 1 de abril de 2009, con 54 años, 2 meses y 20 días de edad, y 14 años y 11 meses de aportes).
¿Qué se resolvió?
la Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y ordenó a la ANSeS dictar, en 30 días, un nuevo acto otorgando el beneficio de pensión desde la fecha de la petición administrativa. Sin imposición de costas de la Alzada por falta de réplica de la parte actora (art. 68, segundo párrafo, CPCCN).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Expresó la Cámara: "De esta manera, las probanzas acumuladas permiten demostrar la voluntad del causante de contribuir al sistema previsional, y con ello reconocerle al accionante el derecho al beneficio solicitado."
Expresó la Cámara: "Ello es así, toda vez que la seguridad social tiene como cometido propio la cobertura integral de las consecuencias negativas producidas por las contingencias sociales, por lo que los jueces deben actuar con suma cautela a fin de no dejar en desamparo a quienes se esforzaron en sus tareas y efectuaron sus aportes."
Expresó la Cámara: "Por ello, ponderando los servicios aportados por el causante que representan más del 50% (cincuenta por ciento) del mínimo de servicios que se le podrían haber exigido en forma proporcional con su vida laboral, corresponde considerar al causante como aportante irregular con derecho y en ese sentido confirmar la sentencia de primera instancia."
Con cita de Fallos 329:576 ("Tarditti"), la Cámara sostuvo que "la regularidad de los aportes no debe ser evaluada sobre la base de considerar sólo un período laboral que no pudo ser completado por la muerte del causante, sino que debe ser valorada de modo proporcional con los lapsos trabajados y el período de afiliación", y que el art. 1 inc. 3 del decreto 460/99 redujo a doce meses los aportes exigidos dentro de los últimos sesenta previos al fallecimiento, siempre que se completara al menos el 50% del mínimo de servicios del régimen común.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 24.241arts. 95 inc. a) ap. 1 y 2, 19 inc. c) · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Decreto 460arts. 1 inc. 3, reglamentario de la ley 24.241
- Decreto 1120
- Decreto 136
- 57art. 5
- Constitución Nacional
- Ley 17.454
Fallos que cita
- TardittiCSJN · Fallos 329:576
- Barcia, Alfredo Luis c. ANSeSCFSS Sala I · 03/08/2009
- Heen Moon YoungCSJN · 08/09/1992 · Fallos 297:142
- Heen Moon YoungCSJN · 08/09/1992 · Fallos 300:1080
- Heen Moon YoungCSJN · 08/09/1992 · Fallos 301:460
- Noriega, María Antonia s/ pensiónCSJN · 31/07/1973 · Fallos 267:336
- Fallos 269:45CSJN
- Fallos 287:466CSJN
- Fallos 256:250CSJN
- Fallos 266:299CSJN
- Fallos 316:3043CSJN
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.