FERNANDEZ, JAVIER AMERICO c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACION - GENDARMERÍA NACIONAL Y OTRO s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
El Sr. Javier Américo Fernández, personal en actividad de Gendarmería Nacional, demandó al Estado Nacional y a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que se declarara la inconstitucionalidad del Decreto 679/97, que elevó el aporte previsional del 8% al 11%. El Juzgado hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad del decreto siguiendo el precedente Pino de la CSJN, ordenó el cese del descuento excedente y el reintegro de lo descontado en exceso.
¿Quién es el actor?
Javier Américo Fernández, personal en actividad de Gendarmería Nacional, con patrocinio de la Dra. Yesica Edith Schwab Grünewald.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (Ministerio de Seguridad - Gendarmería Nacional) y Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal (esta última fue tenida por no contestada).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
(i) declaración de inconstitucionalidad del Decreto 679/97 en cuanto modifica la Ley 22.788 y eleva el aporte del 8% al 11% del haber mensual y suplementos generales sujetos a aportes; (ii) reintegro de las sumas descontadas indebidamente, con intereses, por el período bienal anterior a la demanda; (iii) extensión temporal de los efectos de la inconstitucionalidad para cuando obtenga el beneficio jubilatorio; (iv) que no se retenga impuesto a las ganancias sobre las retroactividades; (v) imposición de costas.
¿Qué se resolvió?
hacer lugar a la demanda y declarar la inconstitucionalidad del Decreto 679/97; ordenar el cese del descuento sobre el haber mensual según la Ley 22.788, a partir de la liquidación del mes subsiguiente a que quede firme la sentencia, con cumplimiento a cargo de Gendarmería Nacional como agente de retención (art. 2, decreto 760/18); ordenar el reintegro de las sumas descontadas en exceso por el período bienal anterior a la demanda, con intereses a la tasa pasiva del BCRA hasta el pago, dentro de 30 días de la liquidación; imponer las costas a la demandada (art. 68 CPCCN y art. 36 ley 27.423); y diferir la regulación de honorarios hasta la liquidación aprobada (art. 22 ley 27.423).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...la Corte Suprema analizó las consideraciones y fundamentos en los que el Poder Ejecutivo se basó para dictar el acto, y concluyó que el dictado del decreto no obedeció a la necesidad de adoptar medidas inmediatas para paliar una situación de rigurosa excepcionalidad y urgencia..., sino que importaron la decisión de modificarlo de forma permanente y sin recorrer el cauce normal que la Constitución Nacional prevé, por lo que declaró la inconstitucionalidad del decreto."
"...constituye un deber para los jueces que intervenimos en instancias inferiores conformar los pronunciamientos a los precedentes de aquellos [sic] a casos y en tanto no se aporten nuevos argumentos que justifiquen apartarse de sus conclusiones (CSJN: Fallos: 342:2344, entre otros)."
"...a fin de evitar que la actora eventualmente se vea en la necesidad de efectuar una nueva demanda judicial, corresponde hacer extensivo el alcance de la sentencia para cuando obtenga la situación de retiro."
Sobre el impuesto a las ganancias: la pretensión "no resulta procedente, en razón de lo dispuesto en el Capítulo IV de la Ley 20.628."
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Normas que cita
- Decreto 679art. 1 inc. a
- Ley 22.788art. 1 · Gendarmeria nacional
- Decreto 760art. 2
- Decreto 157art. 3
- Ley 27.423arts. 36, 22 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
- CPCCNarts. 68, 338, 359, 41, 135, 163 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- CCyCNart. 2562 inc. c · Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 20.628art. Cap. IV · Impuestos a las ganancias
- Ley 11.672art. 170 · Permanente de presupuesto
- Ley 23.982Deuda publica
- Ley 24.624Presupuesto general de la adm. nacional 1996
- Constitución Nacionalart. 99 inc. 3
Fallos que cita
- PinoCSJN · Fallos 344:2690
- PalmieriCSJN · 02/10/2012
- MartinezCSJN · Fallos 343:1894
- MoralesCSJN · Fallos 346:634
- Fallos 342:2344CSJN
- Fallos 314:881CSJN
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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