MOYANO, MARTIN DANIEL c/ UNION PERSONAL DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION s/AMPARO LEY 16.986
El Juzgado Federal de Comodoro Rivadavia ordenó continuar la ejecución de sentencia promovida por M., M.D. contra la Unión Personal del Personal Civil de la Nación, sin recurso alguno, hasta el pago íntegro de la liquidación. El tribunal dispuso además practicar una nueva liquidación, descontando o integrando las consultas y ecografías ya abonadas, y ordenó la apertura de una cuenta judicial en el Banco de la Nación Argentina.
¿Quién es el actor?
M., M.D.
¿A quién se demanda?
UNION PERSONAL DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION
¿Cuál es el objeto del reclamo?
ejecución de sentencia en un amparo (Ley 16.986) por prestaciones médicas.
¿Qué se resolvió?
ante la falta de excepciones de la demandada (arts. 542 y 551 del C.P.C.C.), se ordenó continuar la ejecución sin recurso alguno hasta el pago íntegro de las sumas que resulten de la liquidación. Previo a proveer el embargo, se requirió a la actora que manifieste si los conceptos de $40.000 (consulta oftalmológica) y $480.000 (Ecografía RG-OCT-CVC) ya fueron abonados por la accionada, debiendo practicar una nueva liquidación que los integre o descuente. Se libró oficio al Banco de la Nación Argentina, Sucursal Comodoro Rivadavia, para la apertura de una cuenta judicial a la orden del Juzgado y la Secretaría.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que no habiendo opuesto excepciones la demandada UNION PERSONAL DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION, dentro del término legal, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 542 y 551 del C.P.C.C." Se fundamenta la continuación de la ejecución en la ausencia de excepciones en plazo, y en la necesidad de verificar los montos efectivamente pendientes antes de disponer el embargo solicitado.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 16.986Amparo
- CPCCNarts. 542, 551 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.