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Primera Instancia

BLOISE NICOLAS JOSE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Un jubilado con beneficio otorgado bajo la ley 24.241 reclamó el recálculo de su haber inicial y el reajuste de sus haberes contra la ANSeS. El Juzgado Federal de la Seguridad Social N° 7 hizo lugar parcialmente a la demanda, dejó sin efecto la resolución impugnada y ordenó a la ANSeS practicar la liquidación y pagar las diferencias en el plazo de ciento veinte días.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 7
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 030343/2024
Prestacion compensatoria Prestacion adicional por permanencia Recalculo del haber inicial Movilidad previsional Confiscatoriedad Tope de remuneraciones actualizadas Inconstitucionalidad Res. sss 3/2021 Ley 27.609 Anses.

¿Quién es el actor?

NICOLAS JOSE BLOISE.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

deja sin efecto la resolución que denegó el reajuste de haberes y solicita el recálculo, liquidación y pago de las diferencias que surjan del haber previsional, cuestionando el mecanismo de determinación del haber inicial y el sistema de movilidad.

¿Qué se resolvió?

hacer lugar parcialmente a la demanda y dejar sin efecto la resolución impugnada; ordenar a la ANSeS que, en el plazo de ciento veinte días, practique la liquidación ordenada, ponga al pago el haber inicial recalculado y efectúe los requerimientos presupuestarios para cancelar las acreencias retroactivas; costas por su orden (art. 68 inc. 2 CPCCN); diferir la regulación de honorarios hasta que exista suma líquida aprobada (art. 23 inc. c, ley 27.423).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En primer orden, corresponde declarar abstracta la excepción de prescripción deducida por la demandada, atento la fecha de adquisición del beneficio y de interposición del reclamo administrativo."

"Con respecto del mecanismo de actualización de las remuneraciones consideradas a los fines del recálculo de la P.C. y P.A.P. previsto en el art. 24 de la ley 24.241, toda vez que el actor adquirió el derecho al beneficio con posterioridad al 04/01/2021, es decir, ya entrada en vigencia la modificación al art. 2° de la ley 26.417, introducida por el art. 4° de la ley 27.609 y su reglamentación; corresponde estarse a los índices allí establecidos a los fines de actualizar las remuneraciones a considerar para el cálculo de la Prestación Compensatoria y la Prestación Adicional por Permanencia."

"Si la ley autoriza a realizar voluntariamente aportes mayores al mínimo exigido a fin de lograr una situación de mayor estabilidad económica y tranquilidad durante la vejez, ese esfuerzo debe verse reflejado, obviamente, en el monto del haber, pues de lo contrario, la norma respectiva resultaría violatoria de garantías constitucionales, al impedir que se conserve su naturaleza sustitutiva…" (CSJN, "Volonté, Luis Mario", Fallos 307:274).

"Respecto del planteo introducido por la actora, referido a la declaración de inconstitucionalidad del art. 4 de la Res. SSS 3/2021, en cuanto a la actualización de las remuneraciones, estimo que el modo en que dicho tope ha sido impuesto por el órgano administrado excede el marco de la norma que reglamenta, habida cuenta de que el art. 24 de la ley 24.241, no alude a tope alguno en cuanto al monto de las remuneraciones actualizadas. En consecuencia, corresponde declarar la inconstitucionalidad del artículo en cuestión."

"Por otro lado, en lo concerniente a la fórmula de movilidad instituida por la ley 27.609, toda vez que los parámetros para determinar la fórmula mediante la cual se arriba al índice de movilidad, fueron establecidos por el legislador teniendo en cuenta para ello la incidencia de aquélla en el ámbito macroeconómico y no habiendo la parte actora probado que exista confiscatoriedad que resulte perjudicial conforme los lineamientos dados por la Excma. CSJN en el precedente 'Badaro', … corresponde rechazar el planteo en cuanto al punto."

Normas que cita

  • Ley 24.241arts. 17, 19, 20, 23, 24, 25, 26, 30 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 26.417art. 2 · Prestaciones previsionales
  • Ley 27.609art. 4 · Indice de movilidad jubilatoria
  • Ley 24.463art. 9 inc. 3 · Solidaridad previsional
  • Ley 18.037arts. 55, 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 18.038Jubilaciones y pensiones
  • Ley 25.865art. 41 · Iva - monotributo
  • Ley 27.426Reforma previsional
  • Ley 27.541Emergencia publica
  • Ley 27.423arts. 23 inc. c, 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Resolución 3/2021 (SSS)art. 4
  • Resolución 6/2009 (SSS)
  • CPCCNart. 68 inc. 2 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Decreto-ley 157/2018
  • Constitución Nacional

Fallos que cita

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