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Cámara de Apelaciones

HERRERA VIRGINIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala 1, confirmó la sentencia que había reconocido el reajuste del haber previsional de un jubilado de ANSeS, y reconoció el derecho a la revisión de la Prestación Básica Universal (PBU) a partir del análisis de los refuerzos previsionales otorgados por el Poder Ejecutivo. Difirió para la etapa de ejecución el cuestionamiento sobre topes de haberes y mantuvo la imposición de costas a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 038910/2024/CA001
Prestacion basica universal Reajuste previsional Refuerzos previsionales Bonos Topes de haberes Confiscatoriedad Movilidad Ley 24.241 Impuesto a las ganancias Costas.

¿Quién es el actor?

Virginio Herrera.

¿A quién se demanda?

ANSeS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional otorgado con fecha de adquisición del derecho 22/07/2016, al amparo de la ley 24.241.

¿Qué se resolvió?

la Cámara confirmó la sentencia de grado en lo sustancial, con los siguientes alcances: (i) se reconoció el derecho a la revisión del valor de la Prestación Básica Universal, siguiendo el precedente "Sadofschi" de la Sala III y la pauta de confiscatoriedad del precedente "Quiroga"; (ii) se difirió para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios sobre aplicación de topes de haberes (art. 26 ley 24.241, Resolución SSS 6/2009); (iii) se declaró la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias sobre las prestaciones; (iv) se confirmó la prescripción bienal y la aplicación de la Tasa Pasiva Promedio del BCRA; (v) se impusieron las costas a la demandada vencida conforme art. 68 del CPCCN, en tanto surjan sumas a favor del actor de la liquidación, y las de Alzada se fijaron por su orden; (vi) honorarios de la dirección letrada de la actora por la Alzada en el 30% de lo fijado para la instancia anterior.

¿Cómo votaron los jueces?

la sentencia se dictó por mayoría. El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó a salvo su opinión sobre la actualización de la PBU (remitiéndola a la etapa de ejecución según los precedentes "Quiroga", "Sandoval" y "Pichersky") y sobre el art. 14 punto 2 de la Resolución SSS 06/09 (remitiéndose a "Parenti"), propiciando en ese último punto confirmar lo de grado y declarar su inaplicabilidad. Esas posturas constituyen la opinión del vocal en minoría y no la decisión del tribunal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...corresponde reconocer el derecho a la revisión del valor de la Prestación Básica Universal, de conformidad con lo resuelto en el fallo de la Sala III 'Sadofschi Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', contemplando asimismo el precedente 'Quiroga' citado en cuanto a la pauta de confiscatoriedad allí establecida."

"Los bonos previsionales no constituyen un componente del haber, sino una compensación excepcional, inmediata y focalizada que, no obstante su carácter transitorio, se ha extendido en el tiempo y ha estado destinada a atender la pérdida del poder adquisitivo de las prestaciones mínimas."

"...ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 26 de la ley 24.241, Resolución SSS 6/2009)... pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor."

"...en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."

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