LEYTON HUGO ZENON c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La parte actora promovió demanda contra la ANSES por reajustes varios del haber previsional, cuestionando la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) y la tasa de interés aplicada. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala 1, confirmó la sentencia en lo sustancial, difirió para la etapa de ejecución el cuestionamiento sobre topes de haberes y reconoció el derecho a revisar el valor de la PBU.
¿Quién es el actor?
Hugo Zenón Leyton.
¿A quién se demanda?
ANSES.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de la Prestación Básica Universal (PBU) y de la prestación previsional, con cuestionamiento de la tasa de interés y de la prescripción bienal.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, se difirió para la etapa de ejecución el cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes; se confirmó lo resuelto sobre costas en la instancia de grado (impuestas a la vencida en los términos del art. 68 CPCCN, sujeto a que surjan sumas a favor del actor, y en caso contrario en el orden causado conforme art. 36 ley 27.423); se confirmó la sentencia en lo demás que decide y fue materia de agravios; las costas de Alzada se impusieron por su orden; y se fijaron los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo regulado para la instancia anterior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...corresponde reconocer el derecho a la revisión del valor de la Prestación Básica Universal, de conformidad con lo resuelto en el fallo de la Sala III 'Sadofschi Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', contemplando asimismo el precedente 'Quiroga' citado en cuanto a la pauta de confiscatoriedad allí establecida."
"Así las cosas, para verificar la incidencia porcentual, la merma cuantificada será valorada teniendo en cuenta la diferencia entre la PBU reajustada y la inicial, en relación con el haber total del beneficio actual... Ello se multiplicará por cien y, determinado que sea el resultado igual o superior a 15, corresponderá el reajuste de la prestación bajo análisis."
"...que la prescripción aplicada por el fallo ha de ser confirmada por ajustada a derecho, (art. 82 de la ley 18037 ahora art. 168 de la ley 24241), toda vez que en materia de reajustes por movilidad del haber jubilatorio rige la prescripción bienal."
"...a la retroactividad resultante habrá de aplicarse la Tasa Pasiva Promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina de conformidad a la doctrina reiterada del Alto Tribunal cfr. 'Spitale' (Fallos: 327:3721)."
¿Cómo votaron los jueces?
sostuvo que el análisis de la incidencia de la PBU debe hacerse en la etapa de ejecución conforme "Quiroga", "Sandoval" y "Pichersky", y que correspondía confirmar lo decidido sobre el art. 14 punto 2 de la Resolución SSS 06/09 declarando su inaplicabilidad, con costas a la demandada vencida.
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Normas que cita
- Ley 24.241art. 26 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463art. 9 · Solidaridad previsional
- Resolución 06/09art. 14 punto 2
- Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 27.423arts. 30, 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- CPCCNarts. 68, 271 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Decreto 532/22
- Decreto 116/23
- Constitución Nacionalart. 16
Fallos que cita
- Quiroga, Carlos Alberto c/ ANSeSCSJN · 11/11/2014
- Sandoval, Norma Mabel c/ ANSeSCSJN · 18/04/2017
- Pichersky, Alberto Raúl c/ ANSeSCSJN · 23/05/2017
- VillanustreCSJN
- Actis CaporaleCSJN · Fallos 323:4216
- SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
- Morales, Blanca Azucena c/ ANSeSCSJN · 22/06/2023 · Fallos 346:634
- Sadofschi, Carlos Alberto c/ ANSeSCFSS Sala III
- Garay, Carlos c/ ANSeSCFSS Sala I
- Parenti, Graciela c/ ANSeSCFSS Sala II · 01/07/2022
- Gentile Fioravanti, Pedro c/ ANSeSCSJN · 08/10/2024
- Iannopollo, Graciela c/ ANSeSCFSS
- Quintana, Juan Carlos c/ ANSeSCFSS
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