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Corte Suprema

MORENA HECTOR SAVERIO c/ P.A.M.I. INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS s/COBRO DE APOR. O CONTRIB.

La Corte Suprema declaró la nulidad de la resolución de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que había concedido un recurso extraordinario federal sin fundamentar si el planteo de arbitrariedad de sentencia era atendible. Las actuaciones fueron devueltas al tribunal de origen para que dicte una nueva decisión sobre el punto.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 883. XXV. REX
Recurso extraordinario federal Arbitrariedad de sentencias Concesion del recurso Fundamentacion Nulidad Derecho de defensa Servicio de justicia Seguridad social Aportes y contribuciones Pami

¿Quién es el actor?

Héctor Saverio Morena.

¿A quién se demanda?

P.A.M.I. (Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de aportes o contribuciones.

¿Qué se resolvió?

Se declaró la nulidad de la resolución que concedió el recurso extraordinario, por carecer de fundamentación suficiente, y se ordenó devolver las actuaciones al tribunal de origen para que se dicte una nueva decisión sobre el punto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 2°: "Que, como ya lo señaló esta Corte, si bien es ella exclusivamente la que debe decidir si existe o no arbitrariedad, esto no releva a los órganos judiciales de resolver circunstanciadamente si la apelación federal, prima facie valorada, cuenta con fundamentos suficientes para dar sustento a la invocación de un caso excepcional como lo es el de la arbitrariedad (Fallos: 310:1014 y 2122)."

Considerando 3°: "Que, de ser seguida la orientación opuesta, el Tribunal debería admitir que su jurisdicción extraordinaria se viese, en principio, habilitada o denegada sin razones que avalen uno u otro resultado, lo cual irroga un claro perjuicio al derecho de defensa de los litigantes y al adecuado servicio de justicia de la Corte."

Considerando 4°: "Que en tales condiciones, la concesión del remedio federal no aparece debidamente fundada, por lo que debe ser declarada su nulidad al no dar satisfacción a los requisitos idóneos para la obtención de la finalidad a la que se hallaba destinada (Fallos: 308:2457 y 311:64, entre otros)."

Normas que cita

  • Constitución Nacional

Fallos que cita

  • Fallos 310:1014CSJN
  • Fallos 308:2457CSJN
  • Fallos 311:64CSJN

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