CAMPOY OSVALDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Se acumularon en una sola sentencia numerosos recursos ordinarios interpuestos por la ANSeS en reclamos de reajuste previsional, en los que se discutía el plazo y las modalidades de cumplimiento de las sentencias de reajuste, así como la tasa de interés aplicable. La Corte declaró procedentes los recursos y confirmó las sentencias apeladas, remitiendo a los precedentes Perletto y Aguilar y, en lo restante, a Torres Brizuela.
¿Quién es el actor?
los distintos jubilados y pensionados que reclamaron reajustes previsionales (Osvaldo Campoy, Juana Arozarena, Carlos Actiz, entre otros, según la acumulación).
¿A quién se demanda?
la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de haberes previsionales, con cuestionamientos sobre el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste y sobre la tasa de interés aplicable.
¿Qué se resolvió?
la Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios interpuestos por el organismo previsional y confirmó las sentencias apeladas. Las costas se impusieron por su orden (art. 21, ley 24.463).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Primer punto: "la cuestión que se suscita en las presentes causas, vinculada con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta por este Tribunal en Fallos: 325:98 ('Perletto'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."
Segundo punto: "los agravios referentes a la tasa de interés guardan sustancial analogía con los analizados y resueltos por esta Corte en Fallos: 325:1185 ('Aguilar'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad."
Tercer punto: "los restantes agravios del organismo previsional suscitan el tratamiento de temas similares a los resueltos por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), cuyos fundamentos se dan por reproducidos."
Los fundamentos de los precedentes citados no se transcriben en este fallo, que se limita a remitir a ellos.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- PerlettoCSJN · Fallos 325:98
- AguilarCSJN · Fallos 325:1185
- Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.