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Corte Suprema

YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES SOCIEDAD DEL ESTADO c/ MUNICIPALIDAD DE BANDA DEL RIO SALI s/ACCION DE REPETICION

La Corte Suprema confirmó la sentencia que rechazó la demanda de repetición de YPF contra la Municipalidad de Banda del Río Salí por gravámenes locales sobre su actividad. El Tribunal sostuvo que los agravios de índole constitucional ya habían sido resueltos en precedentes adversos a la empresa y que la imposición de costas no era arbitraria.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Y. 35. XXII. RHE
Repeticion de gravamenes Establecimiento de utilidad nacional Art. 75 inc. 30 cn Potestad tributaria municipal Ley 22.016 Precios oficiales Recurso extraordinario Arbitrariedad Costas Cuestion federal.

¿Quién es el actor?

Yacimientos Petrolíferos Fiscales Sociedad del Estado (YPF).

¿A quién se demanda?

Municipalidad de Banda del Río Salí.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

repetición de sumas abonadas en concepto de gravámenes sobre actividad comercial, industrial y de servicios, establecidos por el art. 118 de la ley local 4655, respecto de la Planta de Almacenaje Tucumán.

¿Qué se resolvió?

se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario únicamente en cuanto a la cuestión federal tratada en los considerandos 3° y 4°, y se confirmó lo decidido al respecto por la sentencia apelada; costas al apelante vencido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 2°: "la recurrente reclama la apertura del remedio federal pues entiende que el gravamen que la municipalidad ha cobrado con fundamento en una ley local, violenta el estatuto jurídico que corresponde a la planta de almacenaje que posee en jurisdicción territorial de la demandada, que constituye un establecimiento de utilidad nacional (en los términos del artículo 75, inciso 30, de la Constitución Nacional) y que, como tal, se encuentra sometido a la potestad legislativa exclusiva del Congreso de la Nación."

Considerando 4° (mayoría): los temas relativos a las potestades del gobierno federal en los establecimientos del art. 75 inc. 30 y a la imposibilidad de trasladar la incidencia del gravamen local a los precios oficiales "han sido temas tratados y resueltos en sentido adverso a la pretensión de la apelante en la causa S.205.XXII 'Satecna Costa Afuera S.A. c/ Buenos Aires, Provincia de s/ cláusula comercial (transporte marítimo)' (voto en disidencia del juez Belluscio), fallada el 30 de septiembre de 1993, a cuyos argumentos corresponde remitirse por razones de brevedad."

Considerando 5° (mayoría): "cabe recordar que su procedencia requiere un apartamiento inequívoco de la solución normativa prevista para el caso o una decisiva carencia de fundamentación, circunstancias que no se advierten en el sub judice dado que el tribunal a quo ha expresado razones fundadas que, más allá de su acierto o error, sustentan jurídicamente la decisión impugnada."

¿Cómo votaron los jueces?

el recurso resulta "insuficientemente fundado" en cuanto a la interferencia con los precios oficiales, ya que la apelante "se limita a la invocación de la mentada afectación patrimonial... sin alegar supuesto alguno de superposición tributaria... ni concretar tampoco cuál es la porción de sus ventas que se encuentra sujeta a precios oficiales."

¿Cómo votaron los jueces?

remiten a "La Plata Remolques S.A. c/ Buenos Aires, Provincia de s/ repetición", señalando que "la falta de previsión del funcionario nacional que fijó los precios oficiales... no puede justificar un cercenamiento de las facultades impositivas del fisco provincial".

Costas (considerando 5°, votos de Levene (h) y Boggiano): materia procesal y accesoria, no habilitante del art. 14 de la ley 48, salvo arbitrariedad no configurada.

¿Cómo votaron los jueces?

las cuestiones son "sustancialmente análogas" a las resueltas en "La Plata Remolques", por lo que hace lugar a la queja, declara procedente el recurso y confirma la sentencia, sin costas.

Normas que cita

  • Constitución Nacionalart. 75 inc. 30
  • Ley 22.016art. 3 · Tributos
  • Ley 4655 (Tucuman)art. 118
  • Ley 48art. 14 inc. 2 · Justicia nacional
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Satecna Costa Afuera S.A. c/ Buenos Aires, Provincia deCSJN · 30/09/1993
  • La Plata Remolques S.A. c/ Buenos Aires, Provincia de s/ repeticiónCSJN · 30/09/1993
  • Santa Cruz, Provincia de c/ Yacimientos Petrolíferos Fiscales s/ ejecución fiscalCSJN · 17/12/1991
  • Dirección Provincial de Rentas de la Provincia de Santa Cruz c/ Yacimientos Petrolíferos Fiscales s/ ejecución fiscalCSJN · 17/12/1991
  • Salta, Provincia de (Dirección General de Rentas) c/ Yacimientos Petrolíferos Fiscales s/ ejecución fiscalCSJN
  • Fallos 308:2153CSJN
  • Fallos 297:204CSJN
  • Fallos 301:1045CSJN
  • Fallos 296:120CSJN
  • Fallos 251:180CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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