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Corte Suprema

GIMENO SARAVIA TEODORO c/ BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y OTRO s/JUICIO DE CONOCIMIENTO

El actor reclamó al Banco Central de la República Argentina el cobro de un crédito en el marco de la ejecución de una sentencia. La Corte Suprema, por mayoría, revocó la decisión apelada y declaró que el crédito está comprendido en el régimen de la ley 23.982, al que el acreedor deberá someterse para su percepción.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 739. XXV. REX
Credito contra el estado Ejecucion de sentencia Ley 23.982 Consolidacion de deudas Banco central de la republica argentina Recurso extraordinario Costas en el orden causado Cuestion juridica novedosa Precedente cardinale Deuda publica.

¿Quién es el actor?

Teodoro Gimeno Saravia.

¿A quién se demanda?

Banco Central de la República Argentina.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de un crédito reclamado en juicio de conocimiento.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedente el recurso extraordinario, revocó la sentencia apelada y declaró que el crédito reclamado está comprendido en el régimen de la ley 23.982, debiendo el acreedor someterse a sus disposiciones para percibirlo. Costas de todas las instancias en el orden causado por tratarse de una cuestión jurídica novedosa. Esta decisión sigue el criterio fijado en la causa "Cardinale" (C.373.XXV), a cuyos fundamentos el tribunal remite.

¿Cómo votaron los jueces?

el juez Moliné O'Connor votó por revocar la sentencia con un alcance distinto, con costas en el orden causado; el juez Boggiano votó por revocar en los mismos términos de la mayoría pero con costas al vencido. Ambas posiciones quedaron en minoría.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en el sub lite, resultan sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas por esta Corte en la causa C.373.XXV. 'Cardinale, Miguel Angel c/ B.C.R.A. s/ incidente de ejecución de sentencia', sentencia del 17 de noviembre de 1994, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse en razón de brevedad." (considerando único del voto de la mayoría). Respecto de las costas, la mayoría señaló que se imponen en el orden causado "por tratarse de una cuestión jurídica novedosa".

Normas que cita

Fallos que cita

  • Cardinale, Miguel Angel c/ B.C.R.A. s/ incidente de ejecución de sentenciaCSJN · 17/11/1994

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