JurisprudenciaARG
Corte Suprema

TERZULLI CRISTIAN ADRIAN s/HOMICIDIO SIMPLE -CAUSA N° 1794-

El imputado Cristian Ariel Terzulli fue condenado a dieciséis años de prisión por homicidio simple y la defensa recurrió en queja tras la denegatoria de un recurso extraordinario contra el rechazo por extemporáneo del recurso de casación. El Procurador General dictaminó que corresponde hacer lugar a la queja, declarar procedente el recurso extraordinario y dejar sin efecto la sentencia apelada por falta de tratamiento de los agravios relativos a las suspensiones de plazos procesales.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 42. XL. RHE
Arbitrariedad Recurso extraordinario Queja Recurso de inaplicabilidad de ley Extemporaneidad Plazos procesales Suspensiones de terminos Defensa en juicio Homicidio simple Casacion penal

Actor/Recurrente: Cristian Ariel Terzulli (imputado y condenado)

Demandado/Parte contraria: Provincia de Buenos Aires (Tribunal en lo Criminal n° 4 de La Matanza; Sala III del Tribunal de Casación Penal; Suprema Corte bonaerense)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Condena a dieciséis años de prisión como autor de homicidio simple (causa n° 1794, S.C. T. 42 L. XL).

¿Qué se resolvió?

Dictamen de la Procuración General de la Nación que propone hacer lugar a la queja, declarar procedente el recurso extraordinario y dejar sin efecto la sentencia apelada para que se dicte una nueva conforme a derecho. El dictamen no es sentencia de la Corte; la decisión final queda pendiente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Advierto que resultan aplicables al caso los fundamentos del precedente de Fallos: 324:4465 y, más recientemente, de la sentencia dictada el 9 de noviembre de 2004 en la causa R. 1136 L. XXXIX 'Rodríguez, Marcelo Alejandro s/recurso de casación'."

"[L]a ausencia de tratamiento de los agravios, especialmente de aquellos vinculados con el alcance de las sucesivas suspensiones de los plazos procesales en el cómputo del término establecido en el artículo 451 del código ritual, podría acarrear una seria restricción a los derechos constitucionales invocados en el remedio federal."

"[L]a valoración de tales aplazamientos podría permitir tener por presentado en término el recurso de casación."

"[L]a defectuosa fundamentación conduce, insisto, a una restricción sustancial de la vía utilizada por el apelante -no obstante haber transitado todas las instancias locales- con menoscabo de la garantía consagrada en el artículo 18 de la Constitución Nacional."

Normas que cita

  • Constitución Nacionalart. 18

Fallos que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.