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Corte Suprema

GALLARDO GUADALUPE Y OTROS c/ DIRECCION DE AYUDA SOCIAL PARA EL PERSONAL DEL CONGRESO s/SUMARISIMO

El matrimonio Gallardo demandó a la Dirección de Ayuda Social para el Personal del Congreso de la Nación para que se hiciera cargo del costo de una prestación de fonoaudiología, basada en lectoescritura computarizada, requerida para su hija discapacitada. La Corte Suprema declaró bien concedido el recurso extraordinario y confirmó la sentencia que había hecho lugar a la demanda, siguiendo el precedente Martín.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 1886. XL. REX
Discapacidad Obra social Direccion de ayuda social para el personal del congreso Prestacion de fonoaudiologia Lectoescritura computarizada Recurso extraordinario Ley 23.660 Ley 23.661 Ley 24.091 Precedente martin.

¿Quién es el actor?

Guadalupe Gallardo y otros (padres de una menor discapacitada).

¿A quién se demanda?

Dirección de Ayuda Social para el Personal del Congreso de la Nación.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

que la obra social se haga cargo del costo de la prestación de fonoaudiología basada en el método de lectoescritura computarizada.

¿Qué se resolvió?

la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, Sala I, por mayoría, revocó la sentencia de primera instancia y hizo lugar a la demanda. Contra ese pronunciamiento la demandada interpuso recurso extraordinario, que fue concedido en lo referido a la aplicación de las leyes 23.431 y 24.091 y la interpretación de las normas 23.660 y 23.661. La Corte declaró que el recurso fue bien concedido y confirmó la sentencia apelada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el dictamen señala que los temas en debate guardan sustancial analogía con los examinados por la Corte en la causa M. 3226, L. XXXVII, "Martín, Sergio Gustavo y otros c/ Fuerza Aérea Argentina Dirección General Bienestar Personal Fuerza Aérea s/ amparo", resuelta el 8 de junio de 2004. Por ello, corresponde extender al presente las consideraciones hechas por la mayoría del Tribunal en ese precedente, declarar que el recurso extraordinario fue bien concedido y confirmar la sentencia apelada. El texto no transcribe otros fundamentos: la remisión al precedente es el único sustento expuesto.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Martín, Sergio Gustavo y otros c/ Fuerza Aérea Argentina Dirección General Bienestar Personal Fuerza Aérea s/ amparoCSJN · 08/06/2004
  • Fallos 318:1246CSJN
  • Fallos 316:1713CSJN
  • Fallos 315:2410CSJN
  • Fallos 313:1202CSJN

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