NEUMATEX S.C.A. s/RECURSO DE APELACION
La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario de Neumatex S.C.A. y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Contencioso Administrativo Federal que había modificado la multa por infracción al IVA sin considerar el recurso de apelación de la actora. La omisión fue descalificada como sentencia arbitraria por afectar el derecho de defensa en juicio (art. 18 CN).
¿Quién es el actor?
Neumatex S.C.A.
¿A quién se demanda?
Dirección General Impositiva (Fisco Nacional).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de una multa aplicada con fundamento en el art. 43 de la ley 11.683 (infracción en materia de IVA).
¿Qué se resolvió?
Se declaró procedente el recurso extraordinario, se dejó sin efecto la sentencia apelada y se ordenó devolver los autos al tribunal de origen para que se dicte un nuevo pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...la cámara a quo... resolvió modificar el pronunciamiento apelado, y dispuso que se realizase una nueva liquidación, de acuerdo con las pautas y limitaciones fijadas en el precedente en el que se sustentó el pronunciamiento."
"...la sentencia apelada sólo consideró los agravios formulados ante esa alzada por el Fisco Nacional y, al disponer que se realizase una nueva liquidación, presupuso que la multa aplicada por la Dirección General Impositiva era procedente pese a que la decisión del Tribunal Fiscal de confirmarla había sido objeto... del pertinente recurso por parte de la actora (arts. 86, inc. b, y 174 de la ley 11.683)..."
"...la omisión en que ha incurrido el a quo, en cuanto decidió del modo como lo hizo sin considerar el mencionado recurso, conduce a descalificar el pronunciamiento apelado como acto judicial, a la luz de la conocida jurisprudencia de esta Corte elaborada en torno de las sentencias arbitrarias..., pues lo resuelto por la cámara importa un claro menoscabo del derecho de defensa en juicio (art. 18 de la Constitución Nacional) al frustrar -sin fundamento alguno- una vía apta y prevista legalmente para obtener el reconocimiento del derecho invocado..."
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Normas que cita
- Constitución Nacionalart. 18
- Ley 11.683arts. 43, 86, 174 · Procedimiento fiscal
Fallos que cita
- Fallos 312:1150CSJN
- Fallos 314:733CSJN
- Fallos 311:1721CSJN
- Fallos 313:1267CSJN
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