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Corte Suprema

IRAOLA ELBA ROSA c/ ESTEBAN ALBERTO FERNANDO s/EJECUCION HIPOTECARIA

Alberto Fernando Esteban interpuso recurso de hecho contra la sentencia de la Sala C de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil en el marco de una ejecución de obligación expresada en moneda extranjera sujeta a normas de emergencia. La Corte Suprema declaró procedente la queja y dispuso la suspensión de los procedimientos de ejecución, por considerar que los agravios podrían involucrar cuestiones federales susceptibles de examen extraordinario.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
I. 358. XLI. RHE
Recurso de queja Recurso extraordinario Art. 14 ley 48 Cuestion federal Normas de emergencia Obligaciones en moneda extranjera Suspension de la ejecucion Medidas cautelares Prima facie Ejecucion de sentencia.

¿Quién es el actor?

Elba Rosa Iraola.

¿A quién se demanda?

Alberto Fernando Esteban (recurrente en queja).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución de una obligación originariamente expresada en moneda extranjera, con aplicación de normas de emergencia.

¿Qué se resolvió?

la mayoría declaró procedente el recurso de queja y dispuso la suspensión de los procedimientos de ejecución, sin pronunciamiento sobre el fondo. La Dra. Argibay, en disidencia parcial, consideró que no se hallaban configurados prima facie los presupuestos del Código Procesal para la suspensión solicitada y no correspondía acceder al pedido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los argumentos expresados en el recurso extraordinario y mantenidos en la queja, en cuanto se relacionan con la aplicación de normas de emergencia respecto de obligaciones expresadas originariamente en moneda extranjera, podrían prima facie involucrar cuestiones de orden federal susceptibles de examen en la instancia del art. 14 de la ley 48, por lo que la queja es procedente, sin que esto implique pronunciamiento sobre el fondo del asunto (art. 285 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y doctrina de Fallos: 308:249; 317:1447; 323:813 y 327:516 y causa P.1125.XLI 'Parrinello, Rosa Noemí c/ Hernández, Oscar Antonio' del 27 de septiembre de 2005)."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que el Tribunal estima que no se hallan prima facie configurados los presupuestos establecidos por el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación para la suspensión solicitada, por lo que no corresponde acceder al pedido formulado por la recurrente a fs. 38/40, y 42, lo que así se resuelve."

Normas que cita

  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional
  • CPCCNart. 285 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Parrinello, Rosa Noemí c/ Hernández, Oscar AntonioCSJN · 27/09/2005
  • Fallos 308:249CSJN
  • Fallos 317:1447CSJN
  • Fallos 323:813CSJN
  • Fallos 327:516CSJN

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