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Corte Suprema

RADIO EMISORA CULTURAL SA c/ s/CONCURSO PREVENTIVO S/ INCIDENTE DE APELACION DE MEDIDA CAUTELAR

La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por el Comité Federal de Radiodifusión en el marco del concurso preventivo de Radio Emisora Cultural S.A. y declaró admisible el recurso extraordinario. Dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala C, y ordenó dictar un nuevo fallo conforme a lo expresado, remitiendo a los fundamentos del dictamen del Procurador Fiscal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 2324. XXXVIII. RHE
Recurso de queja Recurso extraordinario Concurso preventivo Medida cautelar Radiodifusion Comfer Radio emisora cultural s.a. Admisibilidad Dictamen del procurador fiscal Deposito previo (art. 286 cpccn)

Actor (recurrente): Comité Federal de Radiodifusión (COMFER), representado por el Dr. Esteban Lopardo y patrocinado por el Dr. Rubén M. Citara.

¿A quién se demanda?

Radio Emisora Cultural S.A., en concurso preventivo.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

incidente de apelación de medida cautelar en el marco del concurso preventivo de la sociedad.

¿Qué se resolvió?

se hizo lugar a la queja, se declaró admisible el recurso extraordinario, se dejó sin efecto la sentencia apelada con el alcance indicado y se devolvieron los autos al tribunal de origen para que dicte nuevo fallo. Se impusieron las costas en el orden causado según lo indicado ("Con costas") y se eximió del depósito del art. 286 CPCCN.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el tribunal expresó textualmente: "Que esta Corte comparte los fundamentos expuestos por el señor Procurador Fiscal en su dictamen al que cabe remitirse en razón de brevedad." El dictamen del Procurador Fiscal no se encuentra transcripto en el documento analizado, por lo que no es posible reproducir sus argumentos. No hubo votos en disidencia.

Normas que cita

  • CPCCNart. 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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