JurisprudenciaARG
Corte Suprema

BARREIRO DAVID ALBERTO Y OTROS c/ CAJA DE RET. JUB. Y PENSIONES DE LA POL.FED. s/ORDINARIO

Ex agentes civiles de la Secretaría de Inteligencia del Estado reclamaron diferencias de haberes jubilatorios calculadas con la ley S 19.373 sin las modificaciones de la ley S 21.705. La Corte Suprema revocó la sentencia de Cámara y rechazó la demanda, al considerar que la ley aplicable al beneficio es la vigente al inicio del trámite, pero que la reforma de remuneraciones no altera los requisitos del derecho jubilatorio.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 449. XXVI. REX
Regimen jubilatorio Agentes civiles de inteligencia Ley 19.373 Ley 21.705 Ley aplicable al beneficio Status jubilatorio Movilidad Derechos adquiridos Prescripcion Recurso extraordinario

¿Quién es el actor?

David Alberto Barreiro y otros ex agentes civiles de la Secretaría de Inteligencia del Estado.

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

pago de diferencias resultantes de la liquidación de los haberes jubilatorios según la ley "S" 19.373, sin las modificaciones introducidas por la ley "S" 21.705.

¿Qué se resolvió?

se declara procedente el recurso extraordinario, se revoca el fallo apelado y se rechaza la demanda. Costas por su orden en razón de la dificultad jurídica.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Ello significa que el criterio adoptado por el decreto 'S' 4639/73 para solucionar el conflicto temporal provocado por el cambio de estatuto, es fijar el tiempo crítico para la adquisición del derecho al beneficio jubilatorio en el día de iniciación del respectivo trámite." "...la modificación que introdujo la ley 'S' 21.705 no concierne a los requisitos para la obtención del beneficio sino al sistema de remuneraciones del personal en servicio activo (que sirve de base para la aplicación de las escalas porcentuales que determinan los haberes de los agentes en situación de pasividad)." "...la determinación de la ley aplicable al beneficio jubilatorio de los actores es relevante para la apreciación de los requisitos sustanciales que se requieren para la adquisición del derecho a obtener la jubilación, pero no conduce a cristalizar el haber del agente activo sobre el cual se aplicarán las pautas del régimen que corresponda, teniendo en cuenta la naturaleza sustitutiva de la prestación."

¿Cómo votaron los jueces?

sostienen que las modificaciones de la ley 21.705 alteran elementos del "status jubilatorio" adquirido, en violación de los arts. 14 bis, 17 y 18 de la Constitución Nacional: "la protección constitucional de la propiedad incluye a los beneficios jubilatorios una vez que han sido legítimamente acordados". Estos ministros rechazan el recurso en ese punto, pero lo admiten respecto de la prescripción no tratada, y ordenan volver los autos al tribunal de origen.

Normas que cita

  • Ley 19.373arts. 4, 13, 14 · Secretaria de informaciones de estado
  • Ley 21.705art. 5 · Ley nro. 19373 s
  • Decreto 4639arts. 77, 79, 80, 83, 84
  • Decreto 9480
  • Decreto 1866art. 439
  • Ley 20.195art. 7 · Ministerio del interior
  • Ley 48arts. 14, 16 · Justicia nacional
  • Constitución Nacionalarts. 14 bis, 17, 18
  • CPCCNart. 71 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Leverone, Atilio Francisco c/ Instituto Municipal de Previsión SocialCSJN · 04/10/1994
  • Fallos 308:647CSJN
  • Fallos 307:1101CSJN
  • Fallos 307:906CSJN
  • Fallos 311:530CSJN
  • Fallos 311:1446CSJN
  • Fallos 284:65CSJN

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.