GALLEGO JOSE LUIS s/CORRUPCION EN CONCURSO REAL CON EL DELITO DE VIOLACIONES REITERADAS ETC. -CAUSA N° 1018-
Gallego, condenado a quince años de prisión por corrupción y violaciones reiteradas agravadas, recurrió en casación y la Cámara rechazó el recurso, sin revisar la prueba de descargo ni la individualización de la pena. La Procuración General dictaminó que la queja debe ser admitida y que corresponde dejar sin efecto la sentencia de la Cámara de Casación, por aplicación del precedente Casal sobre la revisión integral de sentencias condenatorias.
Actor (querellante/acusador): Ministerio Público; la causa es "Gallego, José Luis s/corrupción en concurso real con el delito de violaciones reiteradas etc." (causa n° 1018).
Demandado (imputado/condenado): José Luis Gallego.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
condena penal por corrupción en concurso real con violaciones reiteradas, agravadas por su calidad de guardador, y lesiones leves calificadas por el vínculo (víctima: la menor Carla Florencia Natale).
¿Qué se resolvió?
el Tribunal Oral n° 27 condenó a quince años de prisión. La Cámara Nacional de Casación Penal (Sala II, por mayoría) rechazó el recurso de casación. La Procuración General dictamina que la Corte debe declarar procedente la queja y dejar sin efecto la sentencia apelada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...se presenta una situación análoga a la que V.E. analizó... en la causa 'Casal, Matías Eugenio y otro s/ robo simple en grado de tentativa'... En razón de brevedad, corresponde dar por reproducidos los fundamentos sustanciales allí desarrollados."
"...el a quo respondió con la dogmática expresión... y omitió el análisis del planteo que la defensa había introducido respecto de la falta de consideración de pruebas de descargo que, según su criterio, desvirtuaban las tenidas en cuenta para fundar la condena."
"...la Cámara tampoco agotó la capacidad de revisión que le impone la actual inteligencia del artículo 456 del Código Procesal Penal y privó al nombrado de su derecho a que la pena impuesta sea sometida a un tribunal superior, expresamente consagrado en el artículo 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos."
"...la Cámara se encuentra habilitada para revisar con la mayor amplitud, si la valoración de los restantes elementos tenidos en cuenta para la fijación del monto de la sanción se ajusta a la regla de la sana crítica..."
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Normas que cita
- Constitución Nacional
- Ley 20.509Justicia nacional
- Ley 25.087Codigo penal
Fallos que cita
- Casal, Matías Eugenio y otro s/ robo simple en grado de tentativaCSJN · 20/09/2005
- Fallos 318:514CSJN
- Fallos 321:3663CSJN
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