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Corte Suprema

VERA ANGEL RUBEN s/CAUSA N° 5119

La Procuración General dictaminó que correspondía hacer lugar a la queja por denegación del recurso extraordinario contra la decisión que declaró inadmisible el recurso de casación, por considerar que la cámara aplicó un rigor formal excesivo que afectó la garantía de la doble instancia. Propuso dejar sin efecto la resolución apelada para que se dicte una nueva conforme a derecho.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
V. 959. XL. RHE
Doble instancia Recurso de casacion Queja por denegacion de recurso extraordinario Rigor formal excesivo Defensa en juicio Debido proceso Sana critica Homicidio criminis causae Robo agravado Casal.

¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal, en su carácter de recurrente en el proceso penal de origen; la defensa oficial de Angel Rubén Vera actúa como recurrente en la queja.

¿A quién se demanda?

Angel Rubén Vera (condenado a prisión perpetua por homicidio calificado criminis causae y coautor de robo agravado por uso de arma; Carlos Ricardo Agüero condenado a diecinueve años de prisión como coautor de robo calificado).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión de la condena penal dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de San Martín, y admisibilidad de los recursos de casación, de inaplicabilidad de ley y extraordinarios interpuestos contra ella.

¿Qué se resolvió?

se propone hacer lugar a la queja y dejar sin efecto la resolución de la Cámara Nacional de Casación Penal que desestimó la queja por denegación del recurso extraordinario, ordenando que se dicte una nueva resolución.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Pienso que esta situación se verifica en el sub júdice, en la medida que lo resuelto por el a quo, de acuerdo con la reseña efectuada en el apartado II del presente, significó un interpretación restrictiva de las normas que regulan el medio de impugnación utilizado por el recurrente, según las pautas establecidas por V.E. al fallar el 20 de septiembre último en la causa C. 1757, XL in re 'Casal, Matías Eugenio s/robo simple en grado de tentativa - causa n° 1681'."

"Atento que el planteo recursivo se dirigió, esencialmente, a señalar la ausencia de un desarrollo lógico en los fundamentos de la condena a partir de la descripción del hecho que allí se realizó, de la conducta desplegada por cada uno de los encausados y de la calificación legal adoptada, no cabe duda que de acuerdo con el criterio fijado en dicho precedente, el a quo debió examinar tales extremos para la adecuada satisfacción de la garantía de la doble instancia que consagran los artículos 8.2.h de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos."

"...el análisis de esos agravios no se encuentra afectado por la inmediatez propia de la oralidad, circunstancia que habilita a la Cámara a proceder a la revisión integral de la sentencia con la amplitud que exige la doctrina citada en dicho precedente, a fin de controlar si el razonamiento empleado por el tribunal de juicio se ajustó a la regla de la sana crítica que debe observar todo pronunciamiento judicial."

Normas que cita

  • Constitución Nacionalarts. 18, 75 inc. 22
  • Ley 24.050arts. 10, 11 · Justicia nacional
  • CPart. 80 inc. 7 · Codigo penal
  • CPPNart. 456 inc. 1 · Codigo procesal penal

Fallos que cita

  • Casal, Matías Eugenio s/robo simple en grado de tentativaCSJN
  • Díaz, Juan Carlos y Verón, Sergio David s/robo agravado etc.CSJN · 30/09/2005
  • Gallego, José Luis s/corrupción en concurso real con el delito de violaciones reiteradas etc.CSJN · 15/02/2006
  • Fallos 307:474CSJN
  • Fallos 313:77CSJN
  • Fallos 312:1186CSJN
  • Fallos 316:245CSJN
  • Fallos 319:399CSJN
  • Fallos 322:702CSJN
  • Fallos 324:1335CSJN

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