FERNANDEZ OJEDA ELENO c/ MASANTI GOMEZ Y ASOCIADOS SRL s/INCONST. ART. 39 LRT
El actor reclamó por incapacidad derivada de una hernia inguinal de origen traumático ocurrida en el trabajo, fundando la pretensión en responsabilidad civil. La Procuración General dictaminó que corresponde hacer lugar a la queja y al recurso extraordinario, dejar sin efecto la sentencia que había aplicado Gorosito sin fundamentación suficiente y devolver la causa para un nuevo fallo.
¿Quién es el actor?
trabajador que sufrió una hernia inguinal de origen traumático mientras trasladaba hierros y planchas de gran peso.
¿A quién se demanda?
el empleador; la aseguradora Provincia ART y la citada en garantía intervinieron en el proceso.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por incapacidad laboral fundada en la legislación civil (responsabilidad civil), por no estar la patología cubierta por la Ley 24.557.
¿Qué se resolvió?
el dictamen propone hacer lugar a la queja, declarar procedente el recurso extraordinario, dejar sin efecto la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (Sala IV) y devolver las actuaciones para un nuevo pronunciamiento. La decisión definitiva corresponde a la Corte Suprema.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En ese contexto, la ad quem no pudo sostener válidamente que no se alegó ni probó la insuficiencia o inequidad del sistema de prestaciones de la LRT (v. fs. 320), cuando, como lo resaltó -repito- Provincia ART (fs. 110/111) y compartió la juez de grado (fs. 283), no se trataría la patología constatada por el perito (fs. 216/220), de una resarcible en el marco de la ley n° 24.557."
"Por tal motivo, estimo que se debe hacer lugar al recurso interpuesto. Y es que, por un lado, el juzgador sustentó su decisión en el precedente de Fallos 325:11, sin emprender siquiera un mínimo esfuerzo argumentativo que justifique su aplicación al sub lite..."
"Y por el otro, soslayó considerar que, sin perjuicio del planteo de tenor constitucional referido al artículo 39.1 de la ley n° 24.557, la reclamante fincó su pretensión en el resarcimiento de una patología, a priori, ajena al marco especial de la ley sobre riesgos del trabajo."
"Concluyo, entonces, que la sentencia de la ad quem satisface sólo en forma aparente la exigencia de constituir una derivación razonada del derecho vigente con arreglo a los hechos de la causa..."
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Normas que cita
- Ley 24.557arts. 6.2, 39.1 · Ley de riesgos del trabajo
- Decreto 658/96
- Decreto 659/96
Fallos que cita
- GorositoCSJN · Fallos 325:11
- Aquino, Isacio c/ Cargo Servicios Industriales S.A.CSJN · 21/09/2004
- Díaz, Timoteo Filiberto c/ Vaspia S.A.CSJN · 07/03/2006
- Fallos 311:1656CSJN
- Fallos 317:768CSJN
- Fallos 312:1473CSJN
- Fallos 301:472CSJN
- Fallos 307:228CSJN
- Fallos 320:1847CSJN
- Fallos 324:4178CSJN
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