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Corte Suprema

MUNICIPALIDAD DE VIEDMA c/ CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. s/EJECUCION FISCAL

La Corte Suprema admitió la queja de la empresa Camuzzi Gas del Sur y revocó la sentencia que había mandado llevar adelante la ejecución fiscal promovida por la Municipalidad de Viedma por el derecho de ocupación del espacio público subterráneo. El Tribunal sostuvo que el planteo de exención fundado en el decreto 2451/92 y en la ley 24.076 es de naturaleza federal y no podía soslayarse en el juicio de apremio.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 4. XXXIII. RHE
Ejecucion fiscal Derecho de ocupacion Espacio publico subterraneo Servicio publico de gas Exencion federal Supremacia federal Debido proceso Exceso de rigor formal Recurso extraordinario Competencia federal

¿Quién es el actor?

Municipalidad de Viedma.

¿A quién se demanda?

Camuzzi Gas del Sur S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro del derecho de ocupación del espacio público subterráneo correspondiente a los años 1993 y 1994, por la suma de $246.400, más intereses, mediante juicio de ejecución fiscal.

¿Qué se resolvió?

la Corte hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto. Con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...cabe hacer excepción a este principio cuando -como ocurre en el caso en examen- la decisión frustra la vía utilizada por el justiciable sin fundamentación idónea suficiente, lo cual se traduce en una violación de la garantía del debido proceso consagrada en el art. 18 de la Constitución Nacional."

"...lo expresado por el superior tribunal de la provincia en el auto denegatorio del recurso extraordinario..., en el sentido de que los agravios federales de la recurrente debían ser desestimados por no haber sido deducidos 'en oportunidad de articularse el recurso de queja', traduce un exceso de rigor formal, lesivo del derecho de defensa..."

"...es evidente que se trata de un planteamiento serio, fundado en el derecho federal, cuya consideración no cabe soslayar en los juicios de apremio de acuerdo con la doctrina de esta Corte antes mencionada..."

¿Cómo votaron los jueces?

resaltó que las decisiones en cuestiones de competencia son equiparables a sentencias definitivas cuando existe denegación del fuero federal, y que lo sustancial del litigio exige determinar si la ejecutada debe tributar el gravamen, cuestión de naturaleza federal que corresponde a la justicia federal. Declaró la nulidad de las actuaciones provinciales en lo que se opongan a la competencia federal con asiento en Viedma.

Normas que cita

  • Ley 24.076Gas natural
  • Decreto 2451/92art. 6.1
  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional
  • Constitución Nacionalarts. 18, 31

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