Cía. Entrerriana de Telefonos S. A.
La Corte Suprema hizo lugar al recurso extraordinario interpuesto por la Unión Obrera Metalúrgica contra la sentencia que fijó la tasa de interés en una condena por aportes y contribuciones de obra social. La Corte dejó sin efecto la sentencia porque el tribunal de grado omitió aplicar el régimen de intereses previsto en la ley 21.864, sin invocar razones que lo justificaran.
¿Quién es el actor?
Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina.
¿A quién se demanda?
Mavila S.A.C.I.F.I.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cobro de aportes y contribuciones por obra social, con actualización según la ley 21.864 y con intereses del 8% mensual, en el marco de las leyes 18.610 y 22.269.
¿Qué se resolvió?
se hizo lugar al recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia apelada, ordenando que se dicte una nueva. Las costas quedan a cargo de la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Dictamen del Procurador Fiscal, en el que se sostiene: "estimo que le asiste razón al recurrente cuando afirma que el a quo se apartó, sin dar razón justificante para ello de lo preceptuado en el art. 8°, penúltimo párrafo de la ley 21.864. Tal norma remite a la tasa de interés que se encomienda fijar al Ministerio de Bienestar Social y este dio cumplimiento a lo dispuesto mediante la Resolución 372 del 2 de marzo de 1979 (B.O. 27-III-79)."
"Por ser el mencionado derecho vigente a la fecha de dictarse la sentencia, el juzgador no pudo válidamente prescindir de tal norma (cf. Fallos: 300:558 ...)."
¿Qué se resolvió?
"al fijar la tasa de interés el a quo ha omitido, sin invocar razones que lo justifiquen, la aplicación del régimen previsto al respecto en la ley 21.864."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 21.864art. 8 · Aportes y deudas previsionales
- Ley 18.610
- Ley 22.269Obras sociales
- Resolución 372
- Ley 21.235
- Ley 340
- Ley 22.769
Fallos que cita
- Dirección Nacional de Recaudación Previsional c/Empresa Argentina de Servicios Públicos S.A. s/ejecuciónCSJN · 15/10/1985
- Fallos 300:558CSJN
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.