MARCHESINI SASCHA MARIELA c/ MARCHESINI MARCELO ADRIAN Y OTROS Y OTRO s/IMPUGNACION DE PATERNIDAD
La Procuración General dictaminó que correspondía hacer lugar a la queja, admitir el recurso extraordinario y revocar la sentencia que había negado legitimación al Asesor de Menores para promover una acción de impugnación de paternidad y reclamación de filiación en representación de una menor. El dictamen sostiene que la omisión de tratamiento de las facultades del Ministerio Pupilar y del derecho a la identidad de la menor, con jerarquía constitucional, justifica la intervención directa del Asesor.
¿Quién es el actor?
S. M. M. (menor de edad, representada por el Defensor Público de Menores e Incapaces de Cámara).
¿A quién se demanda?
M. A. M. (padre jurídico de la menor, según la causa principal impugnación de paternidad matrimonial).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
impugnación de paternidad matrimonial y reclamación de filiación extramatrimonial en favor de la menor.
¿Qué se resolvió?
la Sala J de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó el rechazo "in limine" de la demanda, sosteniendo que la acción sólo puede ser promovida por la menor al adquirir discernimiento, por la naturaleza personalísima de la acción y por el carácter promiscuo de la actuación del Asesor de Menores.
Qué dictamina la Procuración: que corresponde hacer lugar a la queja, admitir el recurso extraordinario y revocar la sentencia en cuanto desestimó la legitimación del Asesor de Menores.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Tuve oportunidad de señalar en ese caso, en primer término, la arbitrariedad de pronunciamientos como el que aquí se cuestiona, al impedir la promoción directa por el Ministerio Pupilar de demandas e indagaciones que permiten determinar con certeza la identidad de personas menores de edad."
"...la procedencia de los agravios de la recurrente relativos a la omisión de tratamiento, de un lado, del problema vinculado a las facultades de los Defensores Públicos de Menores e Incapaces, en el marco actual del artículo 54 de la Ley 24.946 ... que los faculta a intervenir en los asuntos judiciales o extrajudiciales que afecten a la persona o bienes de los Menores e Incapaces y entablar en defensa de éstos, las acciones y recursos pertinentes, ya sea en forma autónoma o junto con sus representantes necesarios".
"...mediante las acciones de impugnación de paternidad matrimonial y reclamación de filiación extramatrimonial por parte de quién ejerce la representación promiscua de un menor, se busca salvaguardar un derecho personalísimo que se encuentra no solamente en la base de lo que denominamos acciones de estado, sino en la personalidad misma del individuo; esto es, el derecho a la identidad."
"...al involucrar la cuestión la inteligencia de tratados internacionales como la referida Convención sobre los Derechos del Niño ... y suscitando, su interpretación, cuestión de trascendencia federal a los efectos de la vía extraordinaria ... sólo cabe concluir, a mi modo de ver, la procedencia de la vía invocada."
"Me remito a lo allí expuesto para dar fundamento a la inconstitucionalidad de la norma del art. 259 del Código Civil que veda a la esposa el ejercicio de ese tipo de acción."
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Normas que cita
- CCarts. 259, 59, 268, 921
- Ley 24.946art. 54 · Ministerio publico
- Ley 23.849arts. 7, 8, 12, 31 · Convenciones
- Constitución Nacionalarts. 31, 33, 75 inc. 22 y 23
- Ley 340
Fallos que cita
- Fallos 313:1113CSJN
- Fallos 310:2214CSJN
- H.G.S. y otro s/apelación de medidas probatoriasCSJN · 04/12/1995
- Oks, Sebastián Andrés c/ Oks, Carlos HugoCSJN · 24/11/1997
- Deussen de Paez Vilaró Annette c/ Oks Carlos s/ impugnación de paternidadCSJN · 07/07/1998
- Fallos 306:1312CSJN
- Fallos 312:152CSJN
- Fallos 315:1848CSJN
- Wilner, Eduardo Mario c/ Osswald, María GabrielaCSJN · 14/06/1995
- Méndez Valles, Fernando c/ A.M. Pescio S.C.A. s/ ejecución de alquileresCSJN · 26/12/1995
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