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Corte Suprema

LARA DANIEL SALVADOR c/ CAJA NACIONAL DE PREVISION DE LA INDUSTRIA CCOMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILES s/REAJUSTE DE HABERES

La parte actora reclamó el reajuste de su haber previsional por movilidad contra la Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles. La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedente el recurso extraordinario de la ANSeS, revocó la sentencia apelada y ordenó aplicar el criterio del precedente Chocobar para el período comprendido entre el 1° de abril de 1991 y la vigencia de la ley 24.241.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 63. XXVIII. RHE
Movilidad previsional Reajuste de haberes Recurso extraordinario Notificacion de sentencia Precedente chocobar Topes maximos Tasa de intereses Anses Caja nacional de prevision Ley 24.241

¿Quién es el actor?

Daniel Salvador Lara.

¿A quién se demanda?

Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles (INPS-CNPICYAC), con intervención de la ANSeS como recurrente extraordinaria.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes por movilidad del haber previsional.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, se desestimó el planteo de la actora de fojas 42, se desestimó su recurso extraordinario, se declaró procedente el recurso extraordinario de la ANSeS, se revocó la sentencia apelada y se ordenó aplicar, para la movilidad entre el 1° de abril de 1991 y la vigencia de la ley 24.241, el criterio fijado en "Chocobar". Los jueces Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert votaron en disidencia, remitiéndose a sus votos en "Villagra" y "Chocobar".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 2°: "ante la falta de la constancia de recepción de la notificación de la sentencia definitiva dirigida al organismo previsional (...) el pedido de la actora de fojas 42 no expresa razones de mérito suficientes para declarar extemporáneo o rechazar el recurso extraordinario deducido por la ANSeS (conf. doctrina de Fallos: 306:485; 316:2341)."

Considerando 3°: "las cuestiones planteadas por la demandada resultan sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en la causa 'Chocobar, Sixto Celestino' (Fallos: 319:3241...), a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitirse por razón de brevedad."

Considerando 4°: respecto del sistema de topes máximos, remisión a lo resuelto en "Del Azar Suaya" (Fallos: 320:2039) y "Beitía" (causa B.386.XXVII).

Considerando 5°: sobre la tasa de intereses, remisión a los criterios de "Banco Sudameris" (Fallos: 317:507) y "Gil, Arnaldo Vicente" (G.602.XXVIII.), con voto concurrente de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Belluscio, Petracchi, López, Bossert y Vázquez en sentido adverso a la procedencia del recurso; y remisión de los jueces Fayt y Boggiano a sus votos en "López, Antonio Manuel" (Fallos: 315:1209) y "Acopionor S.A." (Fallos: 317:585).

Nota: el texto suministrado no incluye los argumentos de fondo de los votos en disidencia, que se encuentran en las causas "Villagra" y "Chocobar" a las que se remiten.

Normas que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Chocobar, Sixto CelestinoCSJN · 18/12/1997 · Fallos 319:3241
  • Del Azar SuayaCSJN · 31/10/1997 · Fallos 320:2039
  • Beitía, Paulina Araceli c/ INPS-Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades CivilesCSJN · 31/10/1997
  • Villagra, María TeresaCSJN · 14/10/1999
  • Bertone, Rogelio Héctor c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios PúblicosCSJN · 15/07/1997
  • Banco SudamerisCSJN · Fallos 317:507
  • Gil, Arnaldo VicenteCSJN · 12/03/1996
  • López, Antonio ManuelCSJN · Fallos 315:1209
  • Acopionor S.A.CSJN · Fallos 317:585
  • Fallos 306:485CSJN
  • Fallos 316:2341CSJN

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