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Corte Suprema

FISCO NACIONAL (DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA) c/ FREIRE Y GAMBAROTTA S.H. s/EJECUCION FISCAL

La aseguradora Alba Cía. Argentina de Seguros pretendió, por subrogación en los derechos de la actora, que la justicia federal interviniera en una ejecución fiscal iniciada por el Fisco Nacional contra Freire y Gambarotta S.H. La Cámara Federal de Apelaciones de La Plata declaró la incompetencia federal para resolver el reclamo, y la Procuración General dictaminó que corresponde confirmar esa decisión.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 318. XXXV. REX
Competencia federal Subrogacion Ejecucion fiscal Seguro de caucion Fuero federal Ratione personae Ratione materiae Recurso extraordinario Articulos 116 y 117 cn Garantia de igualdad

¿Quién es el actor?

"Alba Cía. Argentina de Seguros" (aseguradora subrogada en los derechos del Fisco Nacional - Dirección General Impositiva).

¿A quién se demanda?

Freire y Gambarotta S.H. (deudora ejecutada).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

pedido de subrogación en los derechos de la actora y traba de una medida cautelar, con motivo del pago parcial de la deuda en virtud del seguro de caución N° 121703.

¿Qué se resolvió?

la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata modificó la decisión de primera instancia y declaró la incompetencia de la justicia federal para conocer en la pretensión. El recurso extraordinario fue concedido. La Procuración General opina que corresponde confirmar la sentencia apelada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...la asignación de competencia a los tribunales federales es, por su naturaleza, restrictiva, de excepción y con atribuciones limitadas a los casos que mencionan los artículos 116 y 117 de la Constitución Nacional y sus leyes complementarias..."

"...la subrogación operada en el caso a favor de la aseguradora, quien pagó parte de la deuda que se ejecuta en este juicio, sólo importa la transmisión de derechos creditorios y acciones del acreedor, pero de ninguna manera conduce a reconocer al subrogado facultades inherentes a la persona del acreedor primigenio, tales como su prerrogativa de demandar, ratione personae, ante la jurisdicción federal..."

"...no resulta de la decisión recurrida que se haya verificado tal violación [de igualdad y defensa en juicio]..."

"...por disposición normativa, el beneficio del fuero federal aparece expreso y taxativo en las normas constitucionales, siendo inadmisible, ya sea por vía legislativa o judicial, ampliar o disminuir la competencia dispuesta por dichas disposiciones."

Normas que cita

  • Constitución Nacionalarts. 116, 117, 16, 18, 19
  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional
  • CCiv

Fallos que cita

  • Contaminación Arroyo Sarandí s/ ley 24.051CSJN · 02/12/1999
  • Fallos 310:1885CSJN
  • Fallos 315:75CSJN
  • Fallos 312:950CSJN
  • Fallos 314:94CSJN
  • Fallos 315:432CSJN
  • Fallos 301:1094CSJN
  • Fallos 302:484CSJN
  • Fallos 308:381CSJN

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