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Corte Suprema

ANILE JUANCITO DOMINGO Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL -M° DE JUSTICIA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El Estado Nacional (Ministerio de Justicia) cuestionó mediante recurso extraordinario la sentencia que ordenó incorporar al haber jubilatorio, como asignaciones remunerativas y bonificables, los rubros de los decretos 2260/91, 2505/91 y 756/92 reclamados por personal del Servicio Penitenciario Federal. El Procurador General dictaminó que corresponde declarar procedente el recurso extraordinario y confirmar la sentencia, por entender que las asignaciones tienen carácter remunerativo y bonificable.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 420. XXXIV. REX
Recurso extraordinario Personal penitenciario Servicio penitenciario federal Haber jubilatorio Caracter remunerativo Bonificable Suplementos Compensacion por inestabilidad de residencia Facultades reglamentarias Fallos 322:1868

¿Quién es el actor?

Juancito Domingo Anile y otros (personal del Servicio Penitenciario Federal)

¿A quién se demanda?

Ministerio de Justicia de la Nación (Estado Nacional)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Incorporación al haber jubilatorio, como asignaciones remunerativas y bonificables, de los rubros implementados por los decretos 2260/91, 2505/91 y 756/92 (compensación por inestabilidad de residencia y adicional no remunerativo no bonificable).

¿Qué se resolvió?

La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. El dictamen del Procurador General propone confirmar esa decisión.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Cabe recordar, a propósito del carácter remunerativo de adicionales como los examinados, que V.E. tuvo ocasión de pronunciarse sobre beneficios similares... Se inclinó allí por reconocer carácter salarial a los préstamos, complementos y compensaciones debatidos y a entenderlos, en consecuencia, computables a fin de establecer los haberes de retiro (v. Fallos: 321:619 y 322:1868, cons. 61)."

"...por extensas que se juzguen las facultades reglamentarias para determinar la composición del haber mensual y de los adicionales, ellas no alcanzan para transformar la remuneración principal en accesoria, ni ésta en lo principal, mediante el simple arbitrio de designar a una parte substancial del salario que regularmente percibe la generalidad del personal en contraprestación por sus servicios específicos como ajena al haber o sueldo de éste (v. Fallos: 322:1868, considerandos 61, 71, 10 y 11)."

"...la exclusión de asignaciones que por su entidad conforman la mayor parte del sueldo a efectos del cálculo de los suplementos, los desnaturaliza y subvierte el sentido con que fueron instituidos..."

Respecto de la compensación por inestabilidad de residencia, se señala que su naturaleza remunerativa fue admitida expresamente por la accionada, y que "tal conclusión aparece impuesta por las leyes n° 13.018, 16.065 y 20.416", atendiendo a su generalidad, permanencia y proporcionalidad.

Sobre la renuncia por adhesión al régimen del decreto 678/94: se considera "inadmisible la pretensión de la accionada de extender el alcance de la renuncia... más allá de sus términos, relativos a los importes correspondientes al suplemento 'por inestabilidad de residencia' devengados hasta el 31 de diciembre de 1993".

Sobre el artículo 44 de la ley 24.624 (que declaraba no bonificable el adicional del decreto 756/92): aunque el Ejecutivo pretendió transformar en accesoria una parte substancial de la remuneración, "extremo que... no cabe admitir por extensas que se entiendan las potestades reglamentarias del Poder Ejecutivo".

Normas que cita

  • Ley 13.018art. 9 · Regimen jubilatorio
  • Ley 16.065art. 11
  • Ley 20.416arts. 1, 37, 95, 96, 97 · Servicio penitenciario federal
  • Ley 24.624art. 44 · Presupuesto general de la adm. nacional 1996
  • Decreto 2260/91
  • Decreto 2505/91
  • Decreto 756/92arts. 2, 3, 4, 21
  • Decreto 678/94arts. 1, 4
  • Decreto 679/94
  • Código Civilart. 868 y ss. · Codigo civil

Fallos que cita

  • Fallos 315:772
  • Fallos 317:1908
  • Fallos 312:787
  • Fallos 318:403
  • Fallos 321:619
  • Fallos 322:1868
  • Fallos 276:201
  • Fallos 262:41
  • Fallos 279:16
  • Villegas, Osiris y otros c/ Estado NacionalCSJN
  • Bovari de Díaz, Aída y otros c/ Estado NacionalCSJN
  • Tortorelli, Miguel c/ Estado NacionalCSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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