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Corte Suprema

BARTOLINI MARIA ROSA c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La actora reclamó el reajuste de su haber previsional contra la Administración Nacional de la Seguridad Social. La Corte Suprema revocó la sentencia apelada y ordenó practicar el reajuste del haber según el precedente Chocobar, con costas por su orden.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 944. XXXV. ROR
Haber previsional Reajuste Movilidad jubilatoria Haber inicial Tope art. 55 ley 18.037 Inconstitucionalidad arts. 22 y 23 ley 24.463 Anses Recurso extraordinario Chocobar Bartolini

¿Quién es el actor?

María Rosa Bartolini.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste del haber previsional, cuestiones vinculadas a la determinación del haber inicial y su posterior movilidad, y la aplicación del tope del art. 55 de la ley 18.037.

¿Qué se resolvió?

el Tribunal declaró procedentes los recursos ordinarios, revocó la sentencia apelada con el alcance de los considerandos de los fallos citados y ordenó practicar el reajuste del haber de la actora según el precedente "Chocobar, Sixto Celestino" (Fallos: 319:3241). Costas por su orden (art. 21 de la ley 24.463). Se dispuso comunicar a la Procuración del Tesoro a los fines del art. 6° de la ley 25.344.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas por la señora Fiscal General relacionadas con la determinación del haber inicial y su posterior movilidad resultan sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por la mayoría del Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 323:555, a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad."

"Que respecto de la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 22 y 23 de la ley 24.463, cabe remitir al precedente publicado en Fallos: 323:1861 ('Schiariti') y a la causa I.110.XXXV. 'Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 17 de abril de 2001."

"Que el agravio de la actora respecto de la aplicación del tope del art. 55 de la ley 18.037 encuentra, en el presente, adecuada respuesta en el precedente de este Tribunal P.640.XXVI. 'Panizza, Alfredo José c/ INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles', fallado con fecha 7 de abril de 1998, en cuanto dicha decisión se basó en que la ausencia de prueba del perjuicio concreto que pudiera haber ocasionado la aplicación del sistema de topes máximos obstaba a la declaración de inconstitucionalidad de esa norma..."

Nota: el juez Belluscio se remitió a su disidencia parcial en la causa "Chocobar" (Fallos: 319:3241); esa postura no constituye la decisión de la mayoría.

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 22, 23 · Solidaridad previsional
  • Ley 18.037art. 55 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 25.344art. 6 · Emergencia economica-financiera

Fallos que cita

  • Chocobar, Sixto CelestinoCSJN · Fallos 319:3241
  • Fallos 323:555CSJN
  • SchiaritiCSJN · Fallos 323:1861
  • Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 17/04/2001
  • Panizza, Alfredo José c/ INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades CivilesCSJN · 07/04/1998
  • Fallos 320:2039CSJN

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