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Corte Suprema

PEREYRA LEO LUIS c/ TELEFONICA DE ARGENTINA S.A. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS VARIOS

La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por Leo Luis Pereyra y declaró admisible el recurso extraordinario contra la sentencia de la Cámara que había acogido solo parcialmente su reclamo por daños derivados de la defectuosa prestación del servicio telefónico. Dejó sin efecto el pronunciamiento y ordenó dictar un nuevo fallo ajustado a lo resuelto, por compartir los fundamentos del dictamen del Procurador Fiscal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 950. XXXVI. RHE
Danos y perjuicios Incumplimiento contractual Servicio telefonico Telefonica de argentina Recurso de queja Recurso extraordinario Admisibilidad Costas Defectuosa prestacion del servicio Procurador fiscal

¿Quién es el actor?

Leo Luis Pereyra.

¿A quién se demanda?

Telefónica de Argentina S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

resarcimiento de daños y perjuicios por incumplimiento contractual, derivado de la defectuosa prestación del servicio telefónico durante cuatro años.

¿Qué se resolvió?

se hace lugar a la queja, se declara admisible el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, con costas. Se ordena remitir los autos al tribunal de origen para que dicte nuevo fallo conforme a lo expresado. La queja se agrega al principal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que esta Corte comparte los fundamentos expuestos en el dictamen del señor Procurador Fiscal a los que cabe remitirse en razón de brevedad." La sentencia cuestionada había modificado lo resuelto en la instancia anterior, haciendo lugar sólo parcialmente al pedido e imponiendo las costas por su orden. No se transcriben otros considerandos del fallo.

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