CADENAZZI MARIO PABLO c/ GARCIA PATRICIA ELSA s/EJECUCION
La Corte Suprema declaró procedente la queja por denegatoria del recurso extraordinario y dispuso la suspensión de los procedimientos de ejecución. El tribunal consideró que los agravios sobre la aplicación del régimen de refinanciación hipotecaria y de la ley 26.167 podrían involucrar cuestiones federales susceptibles de examen, sin pronunciarse sobre el fondo del asunto.
Actor/Quejosa: Patricia Elsa García.
¿A quién se demanda?
Mario Pablo Cadenazzi (carátula del expediente principal).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
procedencia del recurso de queja interpuesto contra la denegatoria del recurso extraordinario, en un proceso de ejecución vinculado a un crédito hipotecario.
¿Qué se resolvió?
se declaró procedente la queja, se suspendió el procedimiento de ejecución, se ordenó solicitar los autos principales y remitir el expediente conexo 85.784/2002, y se libró oficio al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 43.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Sobre el beneficio provisional de litigar sin gastos: "Esta Corte ha admitido los efectos del beneficio provisional contemplado por el art. 83 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, cuando de las circunstancias del caso resulta que no es posible esperar el dictado de la resolución que conceda el beneficio de litigar sin gastos sin grave peligro para la efectividad de la defensa". Como el beneficio fue solicitado y no existían presunciones de denegatoria, se resolvió tratar la petición formulada.
Sobre la procedencia de la queja: "Los argumentos expresados en el recurso extraordinario y mantenidos en la queja, en cuanto se relacionan con la aplicación del régimen de refinanciación hipotecaria y de la ley 26.167, podrían prima facie involucrar cuestiones de orden federal susceptibles de examen en la instancia del art. 14 de la ley 48, por lo que la queja es procedente, sin que esto implique pronunciamiento sobre el fondo del asunto".
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Normas que cita
- CPCCNarts. 83, 285 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 48art. 14 · Justicia nacional
- Ley 26.167Emergencia publica
Fallos que cita
- Fallos 313:1181CSJN
- Fallos 321:1754CSJN
- El Remanso S.C.A. c/ Otamendi, Fernando Juan BautistaCSJN · 18/11/1999
- Fallos 308:249CSJN
- Fallos 317:1447CSJN
- Fallos 323:813CSJN
- Fallos 327:516CSJN
- Parrinello, Rosa Noemí c/ Hernández, Oscar AntonioCSJN · 27/09/2005
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