JurisprudenciaARG
Corte Suprema

CAI WENHUANG, YANG GUOQIANG Y YANG AIQIONG s/HABEAS CORPUS

La Procuración General dictaminó que corresponde revocar la sentencia de la Sala V de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional que confirmó el hábeas corpus a favor de nueve ciudadanos chinos detenidos para su expulsión. El dictamen sostiene que el tribunal omitió analizar los plazos recursivos de la ley 22.439 y las circunstancias de la detención, e invadió atribuciones del Poder Ejecutivo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 1002. XXXV. REX
Habeas corpus Expulsion de extranjeros Detencion precautoria Ley 22.439 Direccion nacional de migraciones Poder de policia migratorio Division de poderes Plazo razonable de detencion Gravedad institucional Recurso extraordinario.

¿Quién es el actor?

Dirección Nacional de Migraciones (recurrente).

¿A quién se demanda?

Cai Wenhuang, Liu Zhongcheng, Yang Guoqiang, Li Wenlong, Wang Yanzao, Zhang Jingyue, Wei Zengbin, Cai Yonglai y Yang Aiqiong (ciudadanos chinos beneficiarios del hábeas corpus).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Hábeas corpus contra las detenciones precautorias dispuestas por la Dirección Nacional de Migraciones para ejecutar órdenes de expulsión (ley 22.439, arts. 40 y 41).

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la resolución de primera instancia que hizo lugar al hábeas corpus y ordenó la libertad. El recurso extraordinario fue concedido. El Procurador dictamina que corresponde revocar la sentencia apelada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...el gravamen mantiene vigencia ante la necesaria restricción a la libertad que, en aplicación de la facultad legal que ha sido cuestionada por el a quo, deberá disponer aquélla dependencia para proceder a la inmediata expulsión de los nombrados."

"...la sentencia desatiende la regla según la cual las leyes deben interpretarse evitando darles un sentido que ponga en pugna sus disposiciones..."

"...lo resuelto por el a quo importa una injerencia del Poder Judicial en ámbitos que corresponden al Poder Ejecutivo, y así se ha puesto en riesgo la eficaz ejecución de las expulsiones ordenadas en el uso regular de aquellas facultades."

"...la contradicción de criterio entre pronunciamientos sucesivamente dictados en una misma causa, no se compadece con la adecuada prestación del servicio de justicia..."

Normas que cita

  • Ley 22.439arts. 40, 41, 73, 75, 76, 80, 82 · Ley gral. de migraciones y de fomento de la inmigracion
  • Ley 23.098art. 61 · Habeas corpus
  • Constitución Nacional
  • Ley 48art. 14 inc. 31 · Justicia nacional

Fallos que cita

  • Fallos 306:1882CSJN
  • Fallos 322:2346CSJN
  • Fallos 324:1714CSJN
  • Fallos 295:1005CSJN
  • Fallos 321:3646CSJN
  • Fallos 300:417CSJN
  • Fallos 302:742CSJN
  • Fallos 303:1041CSJN
  • Fallos 324:1225CSJN
  • Fallos 164:344CSJN
  • Fallos 204:571CSJN
  • Fallos 218:769CSJN
  • Fallos 310:195CSJN
  • Fallos 312:1614CSJN
  • Fallos 299:181CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.