OLLABURU ORLANDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Los beneficiarios de la seguridad social reclamaron el reajuste de sus haberes jubilatorios contra la ANSeS. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios, confirmó lo resuelto sobre tasa de interés y costas, y revocó las sentencias apeladas, ordenando aplicar la movilidad según el precedente Badaro.
¿Quién es el actor?
Orlando Ollaburu; Mina Elizia Muller; Carlos Palavecino (jubilados).
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de haberes previsionales, método de cálculo del haber inicial, incidencia de la ley 23.928 sobre la prestación, movilidad del haber previsional desde el 11 de abril de 1991, tasa pasiva de interés, quita porcentual y constitucionalidad de los arts. 9 de la ley 24.463, 55 de la ley 18.037, 21 de la ley 24.463 y 16, 17, 22 y 23 de la ley 24.463.
¿Qué se resolvió?
declarar procedentes los recursos ordinarios; ordenar el cumplimiento en el plazo del art. 21 de la ley 26.153; confirmar lo resuelto sobre tasa de interés y costas; revocar las sentencias apeladas con el alcance de los precedentes "Pellegrini", "Monzo" y "Sánchez"; y disponer que la movilidad del período indicado en "Badaro" se practique con el índice allí fijado, salvo que los aumentos por decretos del Poder Ejecutivo en igual período arrojen una prestación superior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"las cuestiones que se suscitan en las presentes causas vinculadas con el método de cálculo del primer haber, la incidencia de la ley 23.928 sobre la prestación y con las pautas fijadas para la movilidad del haber previsional a partir del 11 de abril de 1991, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por el Tribunal en las causas 'Monzo' (Fallos: 329:3211), 'Sánchez' (Fallos: 328:1602 y 2833) y 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866), a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad".
"la pretensión de los demandantes de que para la determinación del haber inicial se sustituya el índice legal por el de peón industrial, carece de fundamento pues no han demostrado el perjuicio actual y concreto que la aplicación del índice del nivel general de remuneraciones podría ocasionar en sus prestaciones".
"las críticas dirigidas a obtener la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 9 de la ley 24.463 y 55 de la ley 18.037, no pueden prosperar pues no se ha logrado demostrar el gravamen que la aplicación de dichas normas podrían haber ocasionado, por lo que la objeción planteada aparece sustentada en un agravio hipotético y es prematura".
"resulta abstracto expedirse sobre la validez constitucional de los artículos 16, 17, 22 y 23 de la ley 24.463, ya que los arts. 16, 17 y 23 han sido derogados por la ley 26.153".
"los restantes cuestionamientos de la ANSeS deben ser desestimados, pues no se refieren a aspectos específicos de la sentencia apelada".
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Normas que cita
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
- Ley 24.463arts. 9, 16, 17, 21, 22, 23 · Solidaridad previsional
- Ley 18.037art. 55 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 26.153art. 21 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- Ollaburu c/ ANSeS (Monzo)CSJN · 11/12/2007 · Fallos 329:3211
- SánchezCSJN · Fallos 328:1602
- BadaroCSJN · Fallos 329:3089
- BadaroCSJN · Fallos 330:4866
- SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
- PellegriniCSJN · Fallos 329:5525
- FlagelloCSJN · Fallos 331:1873
- PanizzaCSJN · Fallos 326:216
- López, Juan Carlos c/ ANSeSCSJN · 11/11/2008
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