FLAGELLO VICENTE c/ ANSES s/OTROS
La Corte Suprema revocó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social que había condenado en costas a la ANSeS por considerar inconstitucional el art. 21 de la ley 24.463. Por mayoría, el tribunal distribuyó las costas por su orden en todas las instancias, apartándose de la declaración de inconstitucionalidad.
¿Quién es el actor?
Vicente Flagello, jubilado.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de haberes jubilatorios por distorsión respecto de las remuneraciones de los activos, fijación del haber inicial, movilidad para períodos anteriores y posteriores al 1° de abril de 1991, y costas.
¿Qué se resolvió?
la Corte revocó la decisión de Cámara en cuanto fue materia de agravios y distribuyó las costas por su orden en todas las instancias. La mayoría aplicó el art. 21 de la ley 24.463 y no declaró su inconstitucionalidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las cuestiones referidas a la constitucionalidad del art. 21 de la ley 24.463 encuentran adecuada respuesta en la doctrina de Fallos: 320:2792, en cuanto se sostuvo que la circunstancia de que la ley disponga que las costas se abonen en el orden causado no trae aparejada una lesión a las garantías de la igualdad y propiedad". Argibay sostiene: "la posibilidad de imponer a las partes la carga de soportar sus propios gastos resulta perfectamente válida desde el punto de vista constitucional". Y concluye: "debe revocarse la sentencia apelada al no mediar razones para apartarse de la regla que ordena fijar las costas en el orden causado y, por lo tanto, tampoco las hay para declarar inconstitucional el artículo 21 de la ley 24.463."
¿Cómo votaron los jueces?
sostuvieron que el art. 21 es regresivo, lesiona los derechos de igualdad y propiedad (arts. 14 bis, 16, 17, 18 y 28 CN) y que "la distribución de las costas por su orden en todos los casos no se compadece con los fines tuitivos que persiguen las leyes reglamentarias en materia previsional". Por ello votaron por confirmar la inconstitucionalidad del art. 21.
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 21, 15, 24 · Solidaridad previsional
- Ley 14.236art. 14
- Ley 18.477Eximicion de costas
- Ley 23.473arts. 11, 15 · Seguridad social
- Decreto 2312
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Constitución Nacionalarts. 14 bis, 16, 17, 18, 28
Fallos que cita
- BoggeroCSJN · 20/08/2008 · Fallos 320:2792
- Nación Argentina c/ LuchettiCSJN · Fallos 239:496
- Nación Argentina c/ LoboCSJN · Fallos 245:252
- Muscari, Carlos AlbertoCSJN · Fallos 240:297
- Domínguez, José Francisco c/ INPSCSJN · Fallos 243:398
- GaribaldiCSJN · Fallos 288:433
- Damián J. y Leonardo García Laborde c/ DGFMCSJN · Fallos 204:534
- Fallos 257:249CSJN
- Fallos 324:2360CSJN
- Fallos 314:327CSJN
- Parodi, Alberto Ángel c/ ANSeSCSJN
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