FISCO DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES c/ JUAN ALBERTO PENZO Y/O TIT. ADREMA V3-00427-3 Y/O Q.R.R. s/APREMIO
El Fisco de la Provincia de Corrientes interpuso recurso extraordinario contra la resolución del Superior Tribunal de Justicia provincial que desestimó la regulación de honorarios del Dr. Enrique Eduardo Galiana por su labor en la instancia extraordinaria. La Procuración General dictaminó que la sentencia debía revocarse por arbitrariedad, al no analizar la ley provincial 4793, que reconoce derecho al cobro íntegro de honorarios al representante del Fisco que no percibe sueldo.
¿Quién es el actor?
Fisco de la Provincia de Corrientes (recurrente).
¿A quién se demanda?
Juan Alberto Penzo y/o tít. Adrema v3-00427-3 y/o q.r.r.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Juicio de apremio (ejecución fiscal provincial).
¿Qué se resolvió?
revocar la sentencia de fs. 248 en cuanto fue materia del recurso extraordinario y devolver las actuaciones para que se dicte un nuevo pronunciamiento ajustado a derecho. No se emite opinión sobre el fondo del asunto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Si bien lo atinente a las regulaciones de honorarios en las instancias ordinarias constituye materia de derecho procesal, sujeto a la legislación local y extraño al remedio previsto por el art. 14 de la ley 48, ello no es óbice para que la Corte pueda conocer en el asunto por la vía intentada, cuando, por medio de la doctrina de la arbitrariedad, se tiende a hacer efectiva la garantía de la defensa en juicio, exigiendo que las sentencias constituyan derivación razonada del derecho vigente con aplicación a las circunstancias comprobadas de la causa (Fallos 308:956)..."
"...la sentencia recurrida simplemente se limitó a denegar el pedido de regulación de honorarios del Dr. Galiana, dado el carácter ad honorem para el cual fue designado en su función."
"En tales condiciones, omitió analizar lo dispuesto por la ley provincial 4793, cuyo art. 21 establece que: '...cuando el representante de la provincia no percibe sueldo, tendrá derecho al cobro íntegro de los honorarios que se le regulen por su actuación'."
"...la relación del Dr. Galiana con el estado de la provincia de Corrientes, no era de dependencia laboral, sino que actuaba como representante del Fisco en las ejecuciones por vía de apremio, según mandato otorgado por la Fiscalía de Estado."
Se cita como precedente la causa "Fisco de la Provincia c/ Albino Luis Arnica" (Expte. 14229/97), en la que el mismo Tribunal provincial hizo lugar al recurso extraordinario y ordenó regular honorarios al representante del fisco que no percibe sueldo.
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Normas que cita
- Ley 48art. 14 · Justicia nacional
- Ley 4793 (Corrientes)art. 21
- Decreto-ley 100 (Corrientes)art. 31
Fallos que cita
- Fallos 308:956CSJN
- Fallos 308:1079CSJN
- Fallos 312:682CSJN
- Fallos 317:975CSJN
- Fallos 320:2485CSJN
- Fallos 311:1041CSJN
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