P., L. L. Y OTRO c/ OMINT CS SALUD S.A. s/ACCION DE AMPARO SUMARISIMO
Los actores demandaron a OMINT CS Salud S.A. para obtener cobertura integral de un tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad. La Corte Suprema declaró abstracta la cuestión y revocó la sentencia de la Cámara Federal de General Roca, que había rechazado la acción, por aplicación de la nueva ley 26.862, que regula expresamente la materia.
¿Quién es el actor?
L. L. P. y J. A. R.
¿A quién se demanda?
OMINT C.S. Salud S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
que se condene a la empresa a brindar cobertura integral e inmediata de la prestación de fertilización asistida de alta complejidad (ICSI) con separación magnética por columnas de anexina V, en el Centro de Salud Nova-Albor de Neuquén, hasta lograr el embarazo, y todo tratamiento posterior necesario.
¿Qué se resolvió?
se declara abstracta la cuestión en debate y se revoca la sentencia apelada, sin costas por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...las sentencias de la Corte deben atender a las circunstancias existentes al momento de la decisión, aunque ellas sean sobrevinientes a la interposición del recurso extraordinario..."
"...el 26 de junio de 2013 fue publicada en el Boletín Oficial la ley 26.862, cuyo objeto es 'garantizar el acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida' (art. 1°)..." La ley obliga a los agentes que brinden servicios médico-asistenciales a incorporar como prestaciones obligatorias la cobertura integral de las técnicas de reproducción asistida (art. 8°), y sus disposiciones "...son de orden público y de aplicación a todo el territorio de la República" (art. 10).
"...dado que la nueva normativa regula expresamente la situación sometida a juicio... un pronunciamiento sobre este debate puntual resulta inoficioso."
Por aplicación de la doctrina del precedente "Peson" (Fallos: 307:2061), reiterada en Fallos: 315:123; 327:3655; 328:2991 y 329:5068, corresponde revocar la sentencia apelada, en tanto su subsistencia podría ocasionar un gravamen injustificado a los recurrentes.
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Normas que cita
- Ley 26.862arts. 1, 8, 10 · Reproduccion medicamente asistida
- Decreto 956
Fallos que cita
- PESONCSJN · Fallos 307:2061
- Fallos 315:123CSJN
- Fallos 327:3655CSJN
- Fallos 328:2991CSJN
- Fallos 329:5068CSJN
- Fallos 306:1160CSJN
- Fallos 331:2628CSJN
- Fallos 333:1474CSJN
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