Recurso Queja Nº 1 - MENNELLA, PATRICIA MONICA c/ CITIBANK N.A. s/DESPIDO
La Corte Suprema dejó sin efecto la sentencia de la Cámara del Trabajo que había elevado el monto indemnizatorio por daños y perjuicios por dolencias de una trabajadora contra Citibank, por falta de fundamentación en la cuantificación del resarcimiento. El Tribunal declaró inadmisible el recurso en lo demás y ordenó dictar un nuevo fallo por otra sala.
¿Quién es el actor?
Patricia Mónica Mennella.
¿A quién se demanda?
Citibank N.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por daños y perjuicios derivados de dolencias (hipertensión y depresión neurótica/reactiva) que la actora atribuyó a su prestación laboral, en un caso de presunta enfermedad laboral.
¿Qué se resolvió?
la Corte hizo lugar a la queja, declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada en cuanto fijó el monto de la condena, por considerarla arbitraria por falta de fundamentos. Ordenó que otra sala dicte nuevo fallo. Las demás cuestiones planteadas (vía civil sin declaración de inconstitucionalidad del art. 39 de la Ley de Riesgos del Trabajo y valoración de la prueba) fueron declaradas inadmisibles.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"5°) Que tal situación se verifica en el caso toda vez que el a qua se limitó a fijar dogmáticamente la indemnización y a elevarla a más del doble de la determinada en primera instancia sin proporcionar ningún tipo de fundamentación que justificara los valores que alcanzó. Tal justificación era relevante no solo porque las sentencias deben ser fundadas, sino porque la suma establecida superó ampliamente la solicitada por la actora al expresar agravios..."
"6°) Que, en los aspectos precedentemente señalados el fallo apelado resulta descalificable como acto jurisdiccional válido a la luz de la doctrina del Tribunal sobre la arbitrariedad de sentencias, sin que ello implique abrir juicio sobre la solución final que corresponda dar al asunto, pues se sustenta en argumentos aparentes para sostener la solución adoptada..."
"4°) Que ... los criterios para apreciar y establecer la reparación de los daños verificados remiten al examen de cuestiones de hecho y de derecho común, ajenas a la instancia extraordinaria, la tacha de arbitrariedad resulta procedente cuando la solución no se encuentra debidamente fundada."
¿Cómo votaron los jueces?
no se consigna en el texto.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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