JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Santiago Eladio Rodriguez c/ Insmetan S. R. L. y Omo

La actora cuestionó por vía de queja la reducción de la indemnización por daños derivados de un accidente de tránsito sufrido en el trabajo. La Corte Suprema hizo lugar a la queja y dejó sin efecto la sentencia, por considerar que la Cámara fundó la reducción sólo en pautas genéricas, lo que la vuelve arbitraria pese a tratarse de una cuestión de hecho y derecho común.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 312:287
Indemnizacion por danos y perjuicios Accidente de transito Accidente de trabajo Recurso extraordinario Arbitrariedad de sentencia Falta de fundamentacion Cuestion de hecho Prueba y derecho comun Monto indemnizatorio Descuento de gastos Derecho del trabajo

¿Quién es el actor?

Santiago Eladio Rodríguez.

¿A quién se demanda?

Insmetan S.R.L. y otro.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito sufrido mientras el actor desempeñaba sus tareas.

¿Qué se resolvió?

la Corte hizo lugar a la queja, dejó sin efecto la sentencia de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que había disminuido la indemnización, y ordenó devolver los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento, con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Si bien lo atinente al monto indemnizatorio establecido por los jueces de la causa, remite al examen de una cuestión de hecho, prueba y derecho común, ajena -como principio- a la vía del art. 14 de la ley 48, ello no constituye óbice para que el Tribunal habilite la instancia cuando, como ocurre en el caso, la decisión no se encuentra debidamente fundada."

"Ello es así, pues al efectuar su propia valoración, el a quo se limita a enunciar pautas genéricas que no resultan suficientes para justificar una reducción tan significativa de la cifra concedida en la instancia anterior; máxime si se tiene en cuenta que el tribunal ordenó el descuento de los gastos realizados por la demandada, que actualizados a la fecha de la sentencia representarían aproximadamente un 70 % de la indemnización otorgada en concepto de daño material."

"...la determinación del monto del resarcimiento realizada por el a quo satisface sólo en forma aparente la exigencia de constituir una derivación razonada del derecho vigente, aplicable a los hechos concretos de la causa, y por ende, debe ser descalificado como acto jurisdiccional válido."

Normas que cita

  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional

Fallos que cita

  • Reyes, Rodolfo Román c/ Mercedes Benz Argentina S.A. y otrosCSJN · 23/10/1986
  • Fernández de Richardi, Mónica Beatriz c/ Mediterránea S.A.CSJN · 25/11/1986

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