Recurso Queja Nº 1 - Incidente Nº 38 - IMPUTADO: SCALI , DANIEL ALFREDO Y OTROS s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO
La Corte Suprema declaró inoficioso un pronunciamiento sobre la situación procesal de Miguel Ángel Ossés por haber devenido abstracta la cuestión, y declaró parcialmente admisible la queja, dejando sin efecto la sentencia apelada en cuanto a los delitos de abuso sexual con acceso carnal y abuso deshonesto, con remisión a los fundamentos de Martel y devolución de los autos para un nuevo pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (Fiscal General ante la Cámara Federal de Casación Penal, Dr. Raúl Omar Pleé), quien interpuso el recurso de queja.
¿A quién se demanda?
Daniel Alfredo Scali y otros (imputados en la causa), en particular Hipólito Rafael Mariani, César Miguel Comes y Miguel Ángel Ossés.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso extraordinario contra la sentencia de la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, que había denegado el recurso, en cuanto a la exclusión de los delitos de abuso sexual con acceso carnal y abuso deshonesto en la condena de Mariani y Comes, y la situación procesal de Ossés.
¿Qué se resolvió?
I) Se declaró inoficioso un pronunciamiento respecto de la situación procesal de Ossés, por haberse tornado abstracta la cuestión. II) Se declaró parcialmente admisible la queja, se hizo procedente el recurso extraordinario con los alcances indicados y se dejó sin efecto la sentencia apelada en ese aspecto, devolviendo los autos al tribunal de origen para un nuevo pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...la cuestión traída a estudio de este Tribunal con relación a la situación procesal de Miguel Ángel Ossés se ha tornado abstracta." "Que los agravios relativos a la exclusión de los delitos de abuso sexual con acceso carnal y abuso deshonesto en la condena dictada a Hipólito Rafael Mariani y César Miguel Comes suscitan el examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas en 'Martel' (Fallos: 345:298, voto de cada uno de los infrascriptos), a cuyos fundamentos cabe remitirse en razón de brevedad." "Que, respecto a los demás agravios planteados, el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)." Además, el voto del Dr. Lorenzetti agrega: "...la desestimación de un recurso extraordinario mediante la aplicación de dicha norma no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida..." (causa "Vidal", Fallos: 344:3156).
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.