JurisprudenciaARG
Primera Instancia

MUSTAFA ALICIA BEATRIZ C/ FISCALIA DE ESTADO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y OTRO/A S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO

La actora, jubilada del Instituto de Previsión Social y ex profesional de la salud, reclamó el reconocimiento de una bonificación por antigüedad del 2,5% sobre la totalidad de sus años de servicio, cuestionando por inconstitucionales las leyes de presupuesto y de emergencia que redujeron o suspendieron ese adicional. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad de las normas impugnadas y limitó la condena a los dos años previos a la interposición de la demanda.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 3 - LA PLATA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
75491

¿Quién es el actor?

Mustafa Alicia Beatriz, jubilada del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires desde el 30/9/2013, ex agente del Ministerio de Salud bajo la Ley 10.471 (Carrera Profesional Hospitalaria).

¿A quién se demanda?

Provincia de Buenos Aires (Ministerio de Salud) y el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reconocimiento y liquidación de la bonificación por antigüedad al 2,5% sobre la totalidad de los años de servicio, con las diferencias salariales y previsionales consecuentes, intereses y costas. Se cuestionó la inconstitucionalidad de las leyes 11.739, 11.905, 12.062, 12.232, 12.396, 12.575, 12.727, 12.874, 13.002, 13.154 y 13.354.

¿Qué se resolvió?

se hizo lugar a la demanda; se declaró la inconstitucionalidad del artículo 42 de la ley 11.739, artículo 1 del decreto 240/96, artículo 37 de la ley 11.905, artículo 29 de la ley 12.062, artículo 27 de la ley 12.232, artículo 27 de la ley 12.396, artículo 24 de la ley 12.575, artículo 24 de la ley 13.154 y artículos 1 y 2 de la ley 13.354; se ordenó al IPS readecuar el haber previsional computando el 2,5% por todos los años de servicio; se impusieron costas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...no existió una situación excepcional de emergencia (no hay declaración legislativa que así lo disponga) y que las restricciones implementadas no tuvieron carácter temporario (a excepción de lo dispuesto por los artículos 25 de la ley 12.874 y 23 de la ley 13.002, en tanto obedecieron a una situación de emergencia y tuvieron un alcance temporal, pero que no se encuentran en discusión en el caso), ya que actualmente los años 1997 a 2005 se siguen computando a los efectos de la bonificación por antigüedad con la disminución cuestionada."

"En el caso del año 1996, que ni siquiera se computa a los efectos de esta bonificación, la inconstitucionalidad es aún más evidente. Se trata, como sostiene Rivas, 'de la supresión absoluta e indefinida de un derecho adquirido, confiscación que, por esa razón, se encuentra vedada por el art. 17 de la CN'."

"...la legislación sub examine ha transgredido esos límites, ya que no impone una limitación razonable y temporaria a la integridad salarial de los agentes públicos, fundada en razones de emergencia y en el interés general."

"...la excepción a algunos supuestos no contemplados en la norma que reglamenta y no a otros cuya situación no difiere, viola el principio de igualdad (art. 11 Const. Pcial.)..."

Sobre prescripción, el Tribunal sostuvo que, para las diferencias contra la Provincia, resulta aplicable el CCCN (arts. 7 y 2537) con plazo bienal (art. 2562 inc. c), y para el IPS el plazo específico del artículo 62 del Decreto Ley 9650/80, por lo que las sumas anteriores al 19/2/2023 están prescriptas.

Palabras clave: empleo público; bonificación por antigüedad; inconstitucionalidad; emergencia económica; principio de progresividad; igualdad; irrenunciabilidad salarial; prescripción bienal; jubilación; retroactividad.

Leyes que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.