ONETO HERMANOS S.A c/ GERDAU S.A Y GERDAU INTERNACIONAL EMPRENDIMIENTO LTDA. s/DAÑOS Y PERJUICIOS
Se promovió una acción por daños y perjuicios derivados de maniobras de dumping en la producción nacional. La Corte Suprema revocó la decisión anterior, estableciendo que el plazo de prescripción aplicable era de cinco años según el artículo 54 de la ley 25.156, y no de dos años como se había sostenido.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Maniobras de dumping: prescripción y ley aplicable
La cámara consideró prescripta la acción tendiente a obtener el pago de una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados por maniobras de dumping en perjuicio de la producción nacional de cadenas tipo patente. Sostuvo que correspondía aplicar el plazo de prescripción de dos años previsto por el artículo 4037 del antiguo Código Civil por tratarse de un supuesto de responsabilidad extracontractual.
La Corte dejó sin efecto esta sentencia.
Consideró que la norma aplicable al caso era el artículo 54 de la ley 25.156 que se encontraba vigente al momento de los hechos y de la interposición de la demanda y establecía que las acciones prescribían a los cinco (5) años.
Señaló que dicho precepto no contenía distinciones de ninguna índole –a diferencia del artículo 72 de la ley 27.442 que pasó a regular ese aspecto- motivo por el cual resultaba contrario a derecho apartarse de lo allí dispuesto con el argumento de que se trataba de “un supuesto de responsabilidad extracontractual”.
Recordó el Tribunal que la primera fuente de interpretación de la ley es su letra, sin que sea admisible una inteligencia que equivalga a prescindir del texto legal y que cuando su letra no exige esfuerzo en su hermenéutica debe ser aplicada directamente, con prescindencia de consideraciones que excedan las circunstancias del caso expresamente contempladas por la norma, máxime cuando la prescripción legal es clara, no exige un esfuerzo de integración con otras disposiciones de igual jerarquía ni plantea conflicto alguno con principios constitucionales.
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Normas que cita
- Ley 25.156arts. 1, 51, 54 · Defensa de la competencia
- Ley 27.442art. 72 · Ley de defensa de la competencia
- CCarts. 4037, 3962 · Codigo civil
- Ley 48art. 14 · Justicia nacional
- GATTart. VI
- Ley 24.425Organizacion mundial del comercio
- Ley 22.195Propiedad industrial
- PROTOCOLO DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA DEL MERCOSURarts. 4, 5, 6
- Resolución 390
Fallos que cita
- Fallos 327:5218CSJN
- Fallos 343:1142CSJN
- Fallos 345:116CSJN
- Fallos 312:2078CSJN
- Fallos 311:1042CSJN
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- Fallos 327:5614CSJN
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